Guiño judicial a Pablo Cervi para que use el sello de Juntos por el Cambio en Neuquén

La jueza Alejandra Bozzano rechazó una queja del partido Cumplir que postula para el 16 de abril a Carlos Eguía. Dio argumentos que podrían anticipar la eventual aceptación de la alianza.

La jueza electoral Alejandra Bozzano rechazó el lunes un recurso de queja contra la integración de la alianza Juntos por el Cambio que podría anticipar un eventual aval para que Pablo Cervi utilice el sello en las elecciones del 16 de abril en Neuquén. El candidato a gobernador inició los trámites para su inscripción con los partidos UCR y Coalición Cívica ARI, pese a la oposición de sus exsocios del PRO y Nuevo Compromiso Neuquino, ahora tras la postulación de Rolando Figueroa.

El recurso de queja rechazado por la justicia electoral fue presentado por el partido Cumplir que llevará a Carlos Eguía, otro desprendimiento de la alianza, a la competencia por la gobernación de la provincia. Allí afirmó que el hecho de que solo dos agrupaciones reclamen para sí la utilización del nombre Juntos por el Cambio «menoscaba el derecho político de los otros tres partidos de usufructuar la denominación en cuestión, y que ocasiona una confusión en el electorado».

También pidió que la marca, el logo y los colores «no puedan ser utilizados por ninguna alianza de partidos que sea distinta en su conformación a la original y que es bien conocida por los neuquinos».

La jueza Bozzano rechazó la presentación «sin más» por cuestiones formales, dado que el recurso de queja solo procede ante la denegatoria de un recurso ordinario previo y la alianza todavía no fue formalmente reconocida.

Sin embargo, eso no le impidió anticipar algunos argumentos que podrían interpretarse como un guiño para la pretensión de Cervi.

Una alianza que se «agotó» en 2019


Bozzano aclaró que la alianza Juntos por el Cambio se inscribió para las PASO del 2019 y las generales de ese año, «de manera transitoria».

«Es decir que su vigencia se acotó al año 2019 y específicamente para dos elecciones en jurisdicción federal, mediante la aplicación de normativa nacional y resuelta por un juzgado con competencia federal, lo cual torna improponible la cuestión tanto en su faz temporal ya que la finalidad de la alianza se agotó en el ciclo electoral 2019, como en la faz jurisdiccional ajena a este Juzgado», afirmó la jueza.

En el 2021 se intentó inscribir nuevamente para elecciones nacionales con ese nombre, pero la titular del juzgado federal, Carolina Pandolfi, hizo lugar a la impugnación de la CC ARI, que se había partido de la coalición, y se tuvo que optar por otro nombre. La alianza usó el sello Cambia Neuquén.

Sin confusión en el electorado


Volviendo a Bozzano, en su resolución firmada el lunes también le observó a Eguía falta de legitimación para presentar el recurso, dado que el partido Cumplir no formó nunca parte de ese frente electoral.

Además, evaluó que «la invocación de confusión en el electorado resulta también inconducente, ya que no puede constituir una presunción en contra de la oferta partidaria o de alianzas que todavía no se han formado, en tanto en 2019 las elecciones versaron sobre candidatos a nivel nacional para categorías ajenas a la jurisdicción provincial».

Es más, planteó que la pretensión de Cumplir de «limitar a dos partidos su voluntad de agruparse y
presentarse para constituir alianza contradice los principios de participación y de reserva partidaria que es obligación de esta jurisdicción proteger».

El plazo para el reconocimiento de alianzas vencerá el viernes, por lo que recién entonces se sabrá cuáles son finalmente reconocidas por la jueza. La instancia de apelación será ante la Junta Electoral que preside Evaldo Moya.


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