Federico Sturzenegger jurará este viernes como ministro de Desregulación y Transformación del Estado: qué atribuciones tendrá

La designación fue confirmada a través del Boletín Oficial. El economista fue funcionario del gobierno de Fernando De la Rúa y titular del Banco Central durante la gestión de Mauricio Macri.

Luego de varias semanas de anuncios, el gobierno de Javier Milei confirmó anoche la designación del economista Federico Sturzenegger, quien estará al frente del nuevo ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

La nominación de Sturzenegger se hizo efectiva a través del decreto 586/2024 publicado este viernes en el Boletín oficial, que lleva la firma de los titulares de los siete ministerios y del jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

En tanto, este viernes por la tarde el presidente Javier Milei pondrá formalmente en funciones a Sturzenegger, quien desembarca en el Gabinete al frente del nuevo ministerio, que tendrá como misión central continuar con iniciativas tendientes a desregular el Estado.

Trascendió en medios nacionales que la jura de Sturzenegger será a las 18 ante el presidente Javier Milei. Sin embargo este detalle aún no fue informado oficialmente por los canales habituales con los que el gobierno se comunica con los medios.

El nuevo ministro tendrá un total de 27 atribuciones, según el Decreto 585/2024, que modifica la Ley de Ministerios. «Sus funciones atraviesan casi toda la vida pública del país, apunta a desregularizar el sistema normativo vigente, y choca en varios puntos con las funciones de otros ministerios. Por eso, en buena parte de las funciones descritas se aclara que deberá hacerlo en coordinación con el área correspondiente», publicó Infobae.

Deberá seguir “las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional”, deberá “entender, junto con las áreas competentes, en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional y los proyectos relacionados con la desregulación económica y reforma del Estado”.

Tendrá entre sus atribuciones “la simplificación y reducción del Estado, con el objetivo de eliminar tareas innecesarias, duplicadas y/u obsoletas, con la intervención de las áreas competentes”, así como “la elaboración de políticas tendientes a aumentar la competitividad, eliminar cargas burocráticas, facilitar el funcionamiento de los mercados, impulsar el crédito, disminuir regulaciones y controles, aumentar la libertad económica y disminuir los costos del sector privado y productivo, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional”.

También podrá “impulsar las acciones necesarias para el dictado de actos administrativos que propicien la simplificación y/o supriman las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como aquellas exigencias normativas que distorsionen los precios de mercado, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional”; “participar, junto con las áreas con competencia en la materia, en la revisión de esquemas tributarios, exenciones impositivas y regímenes especiales que generen privilegios o distorsiones en el funcionamiento de los mercados y la economía” e “impulsar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, reformas estructurales que impulsen la creación de empleo privado, el desarrollo económico, la equiparación de las estructuras tributarias y la eliminación de los privilegios”.

El economista también podrá “impulsar los principios de calidad regulatoria y la aplicación de estándares internacionales en materia de simplificación y desburocratización de trámites y procesos del Sector Público Nacional”.

“Promover, junto con el Jefe de Gabinete de Ministros, procesos de reforma y modernización que sean transversales al Sector Público Nacional, en coordinación con los sectores públicos provinciales y locales, destinados a impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso de herramientas tecnológicas”, añade el decreto respecto al funcionamiento del Estado, que se complementa con la posibilidad de “proponer el dictado de reglamentos para modificar y/o eliminar trámites y normativas que establezcan una carga administrativa excesiva o que incumplan con la política de calidad regulatoria vigente”.

Sturzenegger estará a cargo de un tema sensible para los sindicatos: el empleo público


Entre otras competencias Sturzenegger atenderá un tema «sensible» para los sindicatos como lo es el empleo público. El punto 17 de las atribuciones del nuevo ministerio, indica que el ministro podrá «entender en la transformación, modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, junto con las áreas competentes en la materia».

En esa área, también podrá “diseñar e implementar el régimen de ingresos del personal, a través de parámetros para el diseño de una carrera pública conforme las negociaciones colectivas de trabajo”; “entender en la implementación de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia”; así como “entender en la formulación de políticas nacionales en materia de recursos humanos, procedimiento de selección e ingreso, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño y compensaciones, en el ámbito de su competencia” y “colaborar con las áreas competentes de cada Ministerio en la sistematización de los procesos de administración de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, como la liquidación de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo”.

“Intervenir en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia”, continúa el decreto en el punto 22 de las funciones particulares del flamante Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.


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