Facundo Jones Huala volvió a quedar en libertad en Chile, luego de disculparse con el médico

El lunes, el Gobierno chileno había emitido una orden de expulsión tras su liberación.

El líder mapuche Facundo Jones Huala volvió a quedar en libertad este jueves, luego de ser detenido en Chile al amenazar a un médico que lo atendió en el hospital intercultural de Nueva Imperial.

El referente tuvo que pedirle disculpas al médico del hospital en el que estaba internado en el sur de Chile y al que había amenazado el miércoles, lo que derivó en su detención inmediata por parte de la policía carabinera.

Jones Huala fijó domicilio, ahora se encuentra descansando y agradeció el acompañamiento, informaron.

El lunes, el Gobierno chileno a través del ministerio del Interior había emitido una orden de expulsión para el referente mapuche, previamente liberado por un fallo de la Corte Suprema de ese país que se conoció el viernes último.


El argumento de la Corte Suprema de Chile por la liberación de Jones Huala


El tribunal chileño recordó en su decisión que el dirigente mapuche fue condenado a dos penas: la primera de 6 años por el delito de incendio y la segunda a 3 años y 1 día por la portación ilegal de armas de fuego prohibidas.

Se precisa que esa sentencia fue dictada con fecha 21 de diciembre de 2018 y, posteriormente, logró la libertad vigilada el 21 de enero de 2022, con revocación el 16 de diciembre de 2022 y su fuga posterior.

Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió la solicitud de extradición para que Jones Huala cumpliera el saldo de condena, fijada en un año, cuatro meses y 17 días, equivalente a 503 días. Se alude que la información remitida inicialmente a la Argentina fue “errónea” al aludirse que el plazo pendiente era de de 887 días.

La Corte consideró que se debe computar el plazo en que Jones Huala estuvo detenido en Argentina por un proceso de extradición entonces «el condenado cumplió la totalidad de la pena en junio pasado».

Los magistrados chilenos consideraron el Acuerdo sobre Extradición entre los Estados Parte del Mercosur, suscrito en Brasil, que señalan que los país “se obligan a entregarse recíprocamente a las personas que se encuentren en sus respectivos territorios y sean requeridas por las autoridades competentes de otro Estado para ser procesadas por la presunta comisión de algún delito, para que respondan a un proceso en curso o para la ejecución de una pena privativa de libertad”.

El mismo tratado establece después como requisito de extradición que “cuando se trate de una persona condenada, la solicitud de extradición deberá ser acompañada” por el texto de “la sentencia condenatoria o un certificado de que la misma no fue totalmente cumplida y del tiempo que faltó para su cumplimiento”.

El fallo agrega que la “determinación del período de tiempo por el cual se extiende la condena o el saldo de ella debe estar perfectamente delimitado al momento de efectuarse el requerimiento de extradición”, dice el fallo.

La Corte argumentó que “el saldo de condena que el amparado debía cumplir según las sentencias de extradición era de 1 año, cuatro meses y 17 días, a este periodo de tiempo se debe descontar” el tiempo “privado de libertad en Argentina durante la tramitación de la extradición, correspondiente a 11 meses y 5 días, lo que equivale a 341 días. Así las cosas, el saldo” que Huala le restaba por cumplir era «de 5 meses y 12 días, que corresponden a 162 días”, por lo cual, considerando su reingreso a Chile “el 4 de enero del 2024, la pena se cumplió el 14 de junio de 2024”. Por eso, el máximo tribunal chileno concluye que “se encuentra ilegalmente privado de su libertad”.


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