Estafa con planes sociales en Neuquén: la información sobre los 288 testigos que la fiscalía le debe pasar a la defensa
El abogado de Siegenthaler, uno de los presuntos cabecillas de la asociación ilícita, le ganó la pulseada al Ministerio Público Fiscal. También la defensora de Arteaga. Gustavo Palmieri logró que Sánz vuelva a su casa.
La fiscalía de Delitos Económicos tuvo un lunes para el olvido. En una audiencia ante el Tribunal de Impugnación de Neuquén perdió frente a los abogados de Tomás Siegenthaler, Julio Arteaga y Néstor Pablo Sánz, tres de los pesos pesados en la estafa por planes sociales. La derrota más dolorosa fue ante los dos primeros: debe pasarles detalles de los 288 testigos propuestos para el juicio, que como el horizonte a cada paso se aleja un poco más.
Para comprender lo que sucedió en esta audiencia hay que tener en cuenta que los fiscales Pablo Vignaroli y Juan Manuel Narváez, con el apoyo de las asistentes letradas Tanya Cid y Agustina Jara, presentaron un escrito de 440 páginas con la acusación contra 19 personas por la maniobra con planes sociales, cometida entre entre el 30 de septiembre del 2020 y el 31 de julio del 2022 por un monto que, actualizado, roza los mil millones de pesos: 941.262.888,82.
En ese pedido de elevación a juicio están ofrecidos 266 testigos y 22 peritos. El defensor Pablo Gutiérrez (de Tomás Siegenthaler, Julieta Oviedo, Carolina Resnik, Ariel Krom y Rodolfo López) y la defensora Cecilia Fanessi (por Julio Arteaga) reclamaron que la fiscalía les detalle sobre qué va a declarar cada testigo. Y un juez de Garantías, Juan Pablo Encina Rivero, les dio la razón.
«Trabajamos para un estudio jurídico»
El fiscal jefe Vignaroli impugnó. «Si esto no se revoca, la fiscalía va a hacer el trabajo de la defensa», dijo ante las juezas Estefanía Sauli y Patricia Lúpica Cristo, y el juez Nazareno Eulogio. «Nos están mandando a trabajar para un estudio jurídico particular», rezongó.
Su posición es que toda la prueba está a disposición de los abogados en la fiscalía; no tienen más que ir y consultarla.
Derecho constitucional
El defensor Gutiérrez contraargumentó que «no se cumple con la manda constitucional de brindarle al imputado una comunicación previa y detallada de la acusación formulada», y que «no se le da tiempo para la preparación de su defensa porque desconocemos el objeto de los testimonios».
La abogada Fanessi puso como ejemplo que en la lista de la fiscalía figura «Raúl Gaitán, fiscal de Estado, y no dice nada más. Hay testigos que no tienen entrevista previa, y este es un caso».
El vínculo testimonio-evidencia
El Tribunal de Impugnación declaró inadmisible el recurso de la fiscalía, por mayoría. Votaron Nazareno Eulogio y Patricia Lúpica Cristo. Es decir, quedó firme la orden del juez Encina a la fiscalía.
El juez Eulogio explicó que Encina «ha facilitado que la defensa pueda saber qué perito va a introducir qué pericia y qué testigo qué evidencia. Por ejemplo, porque concurrió a un allanamiento, entonces declarará sobre ese allanamiento; porque tiene conocimiento de la maniobra delictiva, entonces declarará sobre eso».
«La exigencia que puso el juez Encina ante el pedido de la defensa en una investigación compleja es que solamente haga esa vinculación entre testimonio y evidencia que se va a incorporar», agregó.
Su colega Lúpica Cristo indicó a su turno que «aportar la vinculación entre testimonio y evidencia no es adelantar juicio sobre la relevancia o la pertinencia» de la prueba.
En minoría quedó Sauli, quien estimó que el recurso de la fiscalía es admisible. Dijo que las defensas «conocen la prueba que está en el legajo después de dos años de investigación».
La vuelta a casa de Sánz
En la segunda parte de la audiencia, por unanimidad el Tribunal le devolvió la detención domiciliaria a Néstor Pablo Sánz, uno de los presuntos cabecillas de la asociación ilícita que cometió la estafa con planes sociales. Según las juezas y el juez, no fue razonable -al revés, fue arbitrario- imponerle prisión preventiva a raíz de que la alarma de la tobillera electrónica saltó 16 veces el pasado lunes 28 de octubre.
Sánz atribuyó las alarmas de su tobillera a que el modem tiene un alcance limitado, alrededor de 20 metros, y él cumple la domiciliaria en un predio de 30 metros de fondo en el que hay tres departamentos: el propio, de su hermano y de su madre.
Por qué lo acusaron
El 28 de octubre, según la acusación del fiscal jefe Pablo Vignaroli y del fiscal del caso Juan Manuel Narváez, la tobillera saltó 16 veces entre las cuatro de la tarde y las 10 de la noche. En ocasiones por pocos segundos, pero una vez por 19 minutos. Sánz dijo que había ido a la casa de su hermano a darle clases de matemáticas a un sobrino.
En una audiencia realizada el 29 de octubre, el juez Lucas Yancarelli revocó la detención domiciliaria y le impuso prisión preventiva. Dijo que «no tenía nada que hacer en la casa del hermano. Hubiera ido el sobrino si necesitaba ayuda».
«La detención domiciliaria no es un cheque en blanco. Objetivamente no la cumplió. Las 16 alertas no tienen razón de ser», agregó. «Yo no sé si fue a lo del hermano o a lo del vecino. Mi obligación es tutelar el proceso.»
La decisión fue confirmada por un tribunal de revisión, con los votos de los jueces Gustavo Ravizzoli y Marco Lúpica Cristo.
«Hubo un incumplimiento»
Este lunes la revocaron Eulogio, Sauli y Patricia Lúpica Cristo (hermana de Marco), tal como lo pidió el defensor Gustavo Palmieri.
Al fundamentar la decisión, Eulogio afirmó que «hubo un incumplimiento» por parte de Sánz «pero no fue razonable» dictarle de nuevo la prisión preventiva, que es «una medida excepcional».
«No se puede hablar de riesgo de fuga, pasó de una casa a la otra, no hubo incremento de los riesgos procesales», agregó Eulogio.
«Si bien hubo alarmas, el Centro de Monitoreo dijo que no puede afirmar si el imputado se retiró del domicilio o hubo una falla en el equipo. La policía fue al lugar y constató que ahí estaba Sánz».
En consecuencia, le devolvió la detención domiciliaria por seis meses.
Comentarios