Video | Qué cambios introduce el proyecto de Juicio en Ausencia, presentado por Patricia Bullrich y Cúneo Libarona

Los ministros de Seguridad y Justicia brindaron esta tarde detalles del proyecto impulsado por el Gobierno de Javier Milei. La iniciativa, que ingresará a Diputados, busca juzgar a los libaneses e iraníes prófugos por el atentado. Sin embargo, los cambios se podrán aplicar para otros casos de terrorismo.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y de Justicia, Marianao Cúneo Libarona, presentaron este miércoles en la Casa Rosada el proyecto de Juicio en Ausencia para la causa AMIA. La iniciativa permitirá avanzar en el procesamiento de los ciudadanos iraníes prófugos acusados por el atentado terrorista del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos.

En la conferencia de prensa, Bullrich explicó el sentido del proyecto y explicó los motivos de su presentación: «Esta es una ley que termina con la impunidad y que genera Justicia, una Justicia para todos aquellos que ven a los asesinos y sin embargo sienten la impunidad de no poder responder a qué hacer frente a esos asesinos que se esconden atrás de un Estado«.

Y agregó: «Estamos poniendo a todos en pie de igualdad, comenzando por los delitos más graves, aquellos que lesionan a un pueblo entero».

En la misma línea, la titular de la cartera de Seguridad señaló que «el cambio en la Justicia y el sistema acusatorio es muy profundo. Este cambio profundo pone a nuestro Gobierno en la vanguardia de los cambios en materia penal, criminal y Justicia«.

«Es un proyecto que lo van a tener que votar diputados y senadores, ellos van a tener que dar las razones. Algunos apoyarán este proyecto porque tendrán la conciencia de no ser parte de la impunidad y otros dirán ‘bueno, pero el derecho tradicional…‘», explicó sobre su tratamiento legislativo y la futura postura de los diputados y senadores.

El proyecto, de ser aprobado, sentará un precedente no sólo por su aplicación en la causa AMIA: es un procedimiento que podría aplicarse en casos de terrorismo, financiamiento de terrorismo, torturas, desaparición forzada, genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y crímenes de agresión, entre otros.


Qué contempla el proyecto Juicio en Ausencia, presentada por Bullrich y Cúneo


A continuación, los puntos más destacados del Juicio en Ausencia:

Por primera vez se establece la posibilidad de juzgar en ausencia a un imputado prófugo de la Justicia. El juicio únicamente se aplicará en los siguientes delitos:

a) Los previstos en los arts. 6, 7, 8 y 8 bis del Estatuto de Roma de La Corte Penal Internacional (Genocidio, Lesa Humanidad, Crímenes de Guerra y Crimen de Agresión).
b) De Desaparición Forzada de Personas previstos en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
c) Previstos en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
d) De Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva previsto en el art. 306 el Código Penal.
e) A los que les fuera aplicable la agravante de Terrorismo, prevista en el art. 41 quinquies del Código Penal.

– Si el imputado quedara prófugo durante el juicio oral, el juicio oral continuará con los demás imputados presentes y se suspenderá momentáneamente respecto del imputado rebelde, el que será luego juzgado en ausencia.

– El juicio en ausencia procederá contra un imputado prófugo luego de haber transcurrido 4 meses desde el dictado de su orden de captura nacional o internacional sin que haya podido ser habido, o cuando fuere sido denegada su extradición, o no se haya tenido respuesta del pedido de extradición en un plazo suficiente.

Se dispone la obligación de grabar todo el juicio en ausencia por medios audiovisuales, bajo apercibimiento de declaración de nulidad.

– Si el prófugo fuere habido o se presentare durante la realización del juicio en ausencia, tendrá derecho a ser oído. Luego de la sentencia condenatoria, el prófugo solo podrá solicitar la realización de un nuevo juicio cuando no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra o cuando, a pesar de haber tomado conocimiento del proceso en su contra, no hubiere concurrido a la citación del tribunal debido a un grave y legítimo impedimento.


El titular de AMIA cuestionó el avance de la causa por el atentado a la mutual judía


La semana pasada, el titular de la AMIA, Amos Linetzky, cuestionó en el Congreso que la causa por el atentado a la mutual judía esté «en manos de un juez temporal». La causa estaba a cargo del magistrado Rodolfo Canicoba Corral, pero desde su jubilación en julio de 2020, no tiene un reemplazante permanente.

«La causa más importante en la historia de la Justicia argentina y uno de los peores atentados terroristas sufridos en la historia de la humanidad está a cargo de un juez temporal», reprochó Linetzky en un acto homenaje de la Comisión de Derechos Humanos y Garantías de Diputados realizado en el marco del 30° aniversario del atentado a la AMIA.

La causa del atentado está radicada en el Juzgado Federal N° 6 de Capital Federal. Desde la jubilación de Canicoba Corral, el Consejo de la Magistratura aún no decidió una terna de candidatos a jueces para reemplazarlo. Mientras tanto, los casos que lleva el juzgado fueron subrogados a otros magistrados. El primero fue Daniel Rafecas. Desde octubre del 2023, está en manos del juez federal Ariel Lijo.

Con información de Ámbito


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