En Río Negro una ley permite cobrar el alumbrado público en la factura de la luz

Se abre una discusión por la resolución de Nación que prohíbe sumar otros conceptos en las facturas de servicios.

En Río Negro la primera reacción a la resolución de la secretaría de Comercio, que prohibió incluir otros cargos en las facturas de la electricidad, es de incertidumbre. Las prestadoras del servicio eléctrico mantienen cautela al opinar y analizan con los equipos legales los alcances de la medida, mientras que en los municipios hay preocupación.

La provincia tiene tres prestadoras del servicio eléctrico, entre las que Edersa tiene el mayor alcance en casi todas las ciudades, y las cooperativas de Río Colorado, que cubre esa localidad, y Bariloche que abarca la ciudad homónima y Dina Huapi.

Los cargos fijos de todos los municipios de Río Negro es el aporte a bomberos y el mantenimiento del alumbrado público. Un caso diferente solo se detecta en Villa Regina donde se agrega el cobro de un concepto para cubrir gastos por el bombeo de agua.

En la provincia en 1998 se modificó por ley un artículo del marco regulatorio eléctrico que establece que la factura para los usuarios no puede tener conceptos ajenos “excepto la tasa municipal por la prestación del servicio de alumbrado público”. Pero la resolución de Industria y Comercio estaría por encima de esa norma porque refiere a una ley superior que es la de Defensa del Consumidor, es decir que se abre la discusión y posiblemente se judicialice.

Cómo llegan las boletas de la luz en Río Negro


La factura de Edersa incluye los cargos ajenos al suministro eléctrico en el sector derecho de la factura bajo el título “recaudación por cuenta y orden de terceros”. Allí se incluyen dos conceptos vinculados al alumbrado público, uno proporcional al costo y otro para mantenimiento, que es un cargo de cada municipio que debe afrontar ese costo con la prestadora del servicio.

Además en todas las ciudades (excepto Bariloche y Dina Huapi) se incluye el aporte voluntario para bomberos, que es un cargo provincial con un valor fijo de 456 pesos.

Siempre se generaliza todo y confunde, algo parecido ocurrió en el gobierno de Macri”, señaló Carlos Aristegui, presidente de la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB) y opinó que “se puede entender excluir tasas municipales de servicios que no brindan, pero el alumbrado público está dentro de la prestación electricidad”.

En Viedma evalúan la «consecuencia económica»


El intendente de Viedma, Marcos Castro, dijo que mantenía contacto con otros jefes comunales para analizar la “consecuencia económica” de esta decisión y en su ciudad el área legal evalúa el tema “en función de las competencias que tiene el gobierno nacional en un sistema que es totalmente provincial, porque la relación es con el Epre y con Edersa; tienen o no facultades para tomar o no esa decisión”, puso en duda el capitalino.

El caso de Viedma es el mismo de todas las ciudades y es que incluir el concepto de alumbrado público que debe costear el municipio en la factura de los usuarios le garantiza un alto grado de cobranza que de otra manera no tendría.

Castro puntualizó que ese cargo tiene “directa relación con lo que uno paga” porque se trata de un concepto vinculado a la electricidad, que es proporcional al consumo.

Aclaró que “lo que parece que se confundió es que muestran alguna factura de un municipio, que no es de Río Negro, donde aparecen un montón de conceptos que se toma como un ejemplo extremo como para fundamentar y tomar la decisión”, dijo Castro y agregó: “Viedma y Río Negro tienen otra realidad a otras ciudades que tienen otros componentes y ahí empieza a confundirse”.


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