En el Gobierno afirman que Doñate «cumple los requisitos» para ir al Consejo de la Magistratura
Así lo afirmó la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra. Desmintió que el senador rionegrino necesite los 8 años como abogado.
La secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, explicó en redes sociales las razones por las que Martín Doñate «cumple con todos los requisitos legales» para integrar el Consejo de la Magistratura.
Mediante un hilo de Twitter, la funcionaria aseguró que el senador rionegrino no necesita el mínimo de ocho años en la profesión de abogado como habían denunciado opositores como Alejandro Fargosi.
«Yo no sé si se trató solo de desconocimiento de la ley de parte del abogado o si tuvo alguna otra intención. Pero la ley hoy vigente, teniendo en cuenta el último fallo dictado por la Corte Suprema, no exige el requisito de 8 años de abogado, el que se eliminó en 2013″, escribió Ibarra.
2. Sin embargo, su aptitud fue cuestionada por el abogado Alejandro Fargosi quien, con un claro desconocimiento de la ley vigente, se presentó a la justicia y dijo que no puede ser miembro del Consejo de la Magistratura por no tener 8 años de profesión de abogado. pic.twitter.com/PbL7x5zMoJ
— Vilma Ibarra (@VilmaIbarraL) April 22, 2022
De acuerdo a lo que puso la secretaria, los ocho años como abogado eran una condición de la ley del año 1997. Eso se modificó en el 2013 cuando se «eliminó el requisito de 8 años y requirió para desempeñar el cargo, las condiciones exigidas para ser diputado y respeto al estado de derecho y a los derechos humanos».
8. Pero ese artículo sí fue sustituido por el art. 5 de la ley 26.855 (2013). Esta ley modificó la 24.937, eliminó el requisito de 8 años y requirió para desempeñar el cargo, las condiciones exigidas para ser diputado y respeto al estado de derecho y a los derechos humanos.
— Vilma Ibarra (@VilmaIbarraL) April 22, 2022
«Esta ley 26.855 fue declarada inconstitucional en algunos de sus artículos, no en todos, por el fallo Rizzo. Su artículo 5, que sustituía el artículo 4 anterior, no fue declarado inconstitucional y por lo tanto continuó vigente«, continuó Ibarra.
10. El último fallo de la CSJN (Colegio de Abogados de la Ciudad) tampoco declaró inconstitucional ese artículo que exige los requisitos para ser diputado y que sustituyó la exigencia de 8 años de profesión de abogado. Por lo tanto, sigue vigente en la actualidad.
— Vilma Ibarra (@VilmaIbarraL) April 22, 2022
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