Elecciones 2023: deudores alimentarios y condenados por delitos no podrán ser candidatos en Regina
El Concejo Deliberante aprobó el proyecto de "ficha limpia" para quienes sean candidatos para cargos electivos en el municipio de Regina.
Quienes aspiren a cargos electivos en el municipio de Regina no deberán tener condenas y los partidos políticos tendrán que acreditar la situación de sus candidatos con la entrega de certificaciones de antecedentes de Nación y provincia, a partir de la aprobación del proyecto de ordenanza de “ficha limpia”.
La iniciativa aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante prohíbe que personas que tengan condenas por los delitos previstos en el Libro Segundo del Código Penal de la Nación Argentina presentarse como candidatos.
Además, extiende esta prohibición a quienes inhabilitados por para ejercer cargos públicos a quienes fueron condenados mediante el proceso de juicio político y quienes se encuentren incluidos en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos.
Según lo establece la norma que ahora deberá se promulgada por el intendente Marcelo Orazi, se “prohíbe ser candidato o precandidato a cargos públicos electivos, o a ejercer cargos públicos en el ámbito municipal a las personas que han sido condenadas judicialmente en virtud de los delitos establecidos en el Libro Segundo del Código Penal de la Nación Argentina”.
El libro contempla los delitos contra las personas, el honor, la integridad sexual, el estado civil, la libertad, la propiedad, la seguridad pública, el orden público, la seguridad de la Nación, los poderes públicos y el orden constitucional, la administración pública, la fe pública, y contra el orden económico y financiero.
“La prohibición regirá en aquellos casos donde exista condena judicial cuando la misma haya sido confirmada en grado de apelación por el Tribunal inmediatamente superior al de origen, o cuando aquella, sin haber sido objeto de recurso por parte del condenado, haga cosa juzgada formal”, establece el proyecto de ordenanza aprobado por unanimidad.
A su vez define que tampoco podrán ser candidatos, ni asumir como funcionarios los que hubiera sido inhabilitados “por juicio político u otro procedimiento constitucional o legalmente previsto para la expulsión, destitución, remoción e inhabilitación del cargo o la función pública”, ni los deudores de cuotas alimentarias incluidos en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos.
Finalmente, los concejales remarcaron que las fuerzas políticas que compulsen en las elecciones municipales, tendrán que presentar ante la Junta Electoral municipal certificados de antecedentes “expedido tanto por autoridades competentes a nivel nacional como provincial” de cada uno de los candidatos.
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