Presupuesto 2025: a la espera de la nueva ley, el gobierno de Javier Milei ya definió el de este año

El Ejecutivo estableció la distribución de gastos y recursos para el 2025. Fue publicado en el Boletín Oficial.

Este jueves, a través del Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei dio a conocer la normativa que establece el presupuesto para el ejercicio fiscal de 2025. Se produjo tras prorrogar, por segundo año consecutivo, la Ley 27.701 del presupuesto 2023, ya que en 2024 no se llegó a presentar porque el gobierno interpretó que no iba a haber consenso.

Se realizó mediante la decisión administrativa 3/2025, que establece directrices sobre las modificaciones presupuestarias, el financiamiento de empresas públicas y la gestión de los remanentes del 2024.

La normativa busca promover la «transparencia y eficiencia» en la gestión de los recursos públicos, destacaron. El documento lleva la firma del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Economía, Luis Caputo.

Los puntos destacados del presupuesto 2025, aprobado este jueves


El artículo 1º establece los recursos y créditos presupuestarios vigentes, prorrogando así la Ley N.º 27.701.

Asimismo, dispone los mecanismos para el control y ajuste del presupuesto prorrogado como la remisión trimestral de información acerca de la evolución de las plantas y las contrataciones de personal a la Secretaría de Hacienda, además de la certificación de vacantes y su financiamiento para la cobertura de cargos.

El jefe de gabinete, Guillermo Francos. Foto: gentileza.

De igual forma, se aprobó que el presidente Javier Milei tenga la autoridad para incorporar, homologar, reasignar y derogar cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Por otro lado, el artículo 6 establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Ley 27.701 y el Decreto 594/24 deberán realizar aportes a la Tesorería General de la Nación.

En tanto, el artículo 7 indica que los créditos correspondiente a determinadas partidas del Clasificador por Objeto del Gasto se considerarán como «montos indicativos». O sea, pueden ser ajustados de acuerdo a las necesidades específicas.

Abarca desde bienes de consumo, servicios no personales (excepto los gastos reservados), bienes de uso, transferencias, aumento de activos financieros, servicio de la deuda hasta disminución de otros pasivos y gastos.

La norma también establece las atribuciones para llevar a cabo modificaciones presupuestarias.

Sin embargo, se excluyen en este caso aquellas decisiones que conlleven «cambios en la distribución de finalidades o incrementos de los gastos corrientes», que afecten negativamente a los gastos de capital o a las aplicaciones financieras.


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