Cuáles son los organismos del Estado que el Gobierno pretende cerrar con la ley ómnibus
El proyecto incorpora el cierre y la modificación de varias áreas estatales, en sintonía con la política de ajuste sobre el gasto público impulsada por el presidente Milei.
En línea con lo pregonado por el presidente Javier Milei, tanto en la campaña electoral como en sus primeros días en el cargo, el proyecto de ley ómnibus enviado al Congreso este miércoles incorpora el cierre y la fusión de varios organismos estatales.
La iniciativa responde a la política de ajuste que el Gobierno plantea sobre el gasto público y va en línea con el DNU anunciado por el mandatario la semana pasada, con la reducción del déficit fiscal como uno de sus ejes centrales.
Entre las áreas que desaparecerían o sufrirían importantes modificaciones se encuentran el Ente Nacional de Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), que serían fusionados en un mismo organismo denominado Ente Nacional Regulador el Gas y la Electricidad.
También se cerraría el INADI, el Instituto Nacional del Teatro, y el Fondo Nacional de Artes. Si continuará el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA).
Se instruye, a su vez, al Poder Ejecutivo a impulsar todos los actos y suscribir los acuerdos que sean necesarios para efectivizar la transferencia de la Justicia Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo máximo de 3 años.
Los cambios en el empleo público
Además del decreto que dio de baja alrededor de 7 mil contratos de empleados de planta transitoria del Estado nacional, en el paquete enviado al Congreso se crea una llamada «situación de disponibilidad» para los agentes estatales.
Con este mecanismo, los trabajadores de planta permanente y que se encuentren «bajo régimen de estabilidad cuyos cargos resultaran eliminados por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos que componen la Administración Pública nacional o de las funciones asignadas a ellos, previstas en esta ley, pasarán automáticamente a revestir en situación de disponibilidad, por un periodo máximo de hasta 12 meses”, indica el texto.
Durante ese plazo, los trabajadores “serán remunerados por el Fondo de Reconversión Laboral, teniendo en cuenta la antigüedad y demás condiciones que fije el Poder Ejecutivo nacional en la reglamentación y tendrán obligación de (i) recibir la capacitación que se les imparta; y/o (ii) desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado».
En ese tiempo, la persona podrá optar por “cubrir una vacante en la Administración Pública nacional, en caso que la hubiera y cumplieren los requisitos para ello”, ser contratada por un privado, o “formalizar otro vínculo laboral”.
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