Cristina Kirchner presentó un recurso contra la suspensión de sus jubilaciones de privilegio

Según su apoderado, la quita de ambos beneficios “viola derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional”.

La Anses anunció la suspensión de la jubilación de privilegio a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Foto: gentileza.

La ex presidenta Cristina Kirchner, presentó un recurso administrativo de nulidad ante la ANSES para volver a cobrar su jubilación de privilegio y la pensión que recibe como viuda del ex presidente Néstor Kirchner. La baja de ambos beneficios fue anunciada por el gobierno de Milei luego de que se confirmara la condena contra titular del PJ nacional por corrupción, a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa Vialidad.

Facundo Fernández Pastor, el apoderado de la ex presidenta, presentó un escrito ante el titular de ANSES, Mariano de los Heros, asegurando que la decisión del Gobierno “viola derechos y garantías consagrados en las leyes, la Constitución Nacional y la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Al mismo tiempo, calificó la actitud del Poder Ejecutivo como un “un acto más de persecución con fines de venganza, hostigamiento y partidismo que involucra en este caso a funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano del que depende, y al mismísimo Presidente de la Nación”.

Según información brindada por Infobae, la petición de nulidad se basa en que la ANSES no tiene la potestad legal para dar de baja un beneficio. “Lo que debió hacer la administración es instar la acción judicial y no suspender, arbitrariamente, sus efectos tal como resolvió la RESOL-2024-1092″, dice la presentación.

Y continúa: “No es una facultad ni del área jurídica de esa administración, ni de Trámites Complejos, ni de Prestaciones Centralizadas arrogarse la jurisdicción y competencia que, los artículos 15 y 36 de la Ley 24.241 no le otorgan a esa administración. Por tal razón, la resolución impugnada es nula, de nulidad insanable”.

Además de la restitución de su jubilación y la pensión, CFK exigió la restitución de los haberes retenidos y los intereses acumulados hasta su pago efectivo.

Según revelaron desde el Gobierno, Cristina Kirchner cobraba más de $35.000.000, pero aclaró que va a poder seguir cobrando una pensión y una jubilación de acuerdo a sus aportes, y no por un adicional por los privilegios.

Cristina Kirchner: el Gobierno pidió bajar ambas jubilaciones ante la confirmación de la condena


Luego de que la Cámara de Casación Penal de la Nación confirmara la condena contra la ex presidenta por corrupción a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa Vialidad, el gobierno de Javier Milei había anunciado la quita de ambas jubilaciones.

En este sentido, el vocero presidencial Manuel Adorni, había explicado: “el beneficio previsto por la Ley 24.018 para ex presidentes y ex vicepresidente de la Nación es una asignación que no tiene carácter contributivo y se otorga con carácter excepcional y extraordinario, como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo. La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”,

En esta línea, aseguró que “la jubilación a ex mandatarios es un privilegio que no debería existir en la Argentina, más aún si quien la percibe está condenada por estafar desde las más altas esferas del poder a millones de argentinos que vieron esfumarse sus esperanzas a manos de la política”.

Sin embargo, el apoderado de Cristina Kirchner citó jurisprudencia de la Corte Suprema para refutar esta interpretación, y aseguró: “Como queda palmariamente claro, para la Procuradora ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la única causal para no tener derecho al beneficio establecido en la Ley 24.018, Título I, Capítulo I, es la destitución mediante el juicio político, durante el ejercicio de la función pública».

«O sea que, la interpretación maliciosa realizada por ésta administración que pretende fundarse en su dictamen, es absolutamente contraria a derecho”, concluyó.


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