La abusaron, intentaron matarla y luego la denunciaron por falso testimonio en Cipolletti
A último momento, una jueza archivó la causa contra una joven víctima de abuso e intento de femicidio. Ambos denunciantes están en prisión por la condena previa.
Seis jueces creyeron su historia; fue abusada sexualmente y sufrió un feroz ataque que casi termina con su vida. Por eso dos hombres fueron condenados por los delitos de lesiones, abuso sexual e intento de homicidio. Sin embargo estuvo a punto de ser juzgada por falso testimonio y falsa denuncia, un delito que prevé penas de hasta 10 años de prisión; superior a la sanción que recibieron sus atacantes.
Llamado de atención por las muecas del imputado en el juicio por instigación al suicidio
Un recurso de la defensora oficial Silvana Ayenao, minutos antes que la causa sea elevado a juicio, evitó lo que hubiese sido una mancha para el poder judicial de Cipolletti: juzgar a una víctima de abuso e intento de homicidio en contexto de violencia de género por supuesto falso testimonio.
Esto, como luego lo argumentó la jueza de juicio Florencia Caruso, hubiese sido acentuar la revictimización que de la víctima que claramente sufrió en este proceso. Es que hubo varias audiencias antes de llegar a este desenlace.
En el inicio de la segunda parte de la audiencia de control de acusación, Ayenao solicitó a la jueza que archivara la causa; dijo que no podía continuar entendiendo que se violaba el artículo 95 del Código Procesal Penal.
«No fue iniciada legalmente». Explicó que el Ministerio Público Fiscal archivó la causa y que al tratarse de un delito contra la administración pública no puede continuar solo con la querella, ya que «los querellantes no está siendo afectados directamente».
La defensora también alegó la revictimización a la que fue sometida la mujer en el proceso de contradenuncia teniendo que compartir varias audiencias con sus agresores, ambos en prisión ya que la causa quedó firme.
«Ni el fiscal, ni la defensa oportunamente señalaron esta cuestión por el cual la querella particular siguió la promoción de acción privada. No pueden ser sostenidos ni ser considerados en esta instancia porque los delitos por el que litigan ya fue cosa juzgado», agregó.
«En esta cuestión también tiene que tenerse en cuenta la perspectiva de género. Entiendo que hay una revictimización de quien aquí se acusó por delitos contra la administración pública».
Tanto la querella como la jueza se mostraron sorprendidos por este pedido de Ayenao. El querellante argumentó que se trataba de una petición extemporánea, cuestionó el momento del proceso en el cual se hizo el pedido y pidió que se rechace.
Caruso se tomó un cuarto intermedio de 25 minutos y falló a favor de la defensa. «Se podría haber resuelto antes, este planteo no había sido puesto en consideración. Entiendo que la audiencia de control de acusación no había finalizado, por lo cual entiendo que el planteo debe ser resuelto», dijo.
En ese contexto dijo que haría lugar al planteo. «Entiendo que efectivamente la falsa denuncia como el falso testimonio son delitos contra la administración pública (…) Esta señora pasó ante un tribunal y estos señores (ahora querellantes) fueron juzgados, y esa sentencia fue revisada y confirmada. Llamativamente seis jueces consideraron que la versión de la señora y otros indicios eran creíble», dijo la jueza.
«Por eso en esto entiendo lo mismo que la señora defensora, acá no hay legitimación para proseguir y ahora ser la señora investigada en una causa donde no sólo denuncio sino que se presentó ante un tribunal , volvió a declarar, con los que eso implica en causas de este tenor, tener que volver a declarar (..)
Eso ya es revictimización, y no solo se le dio la razón en una primera instancia, sino que fue confirmado», argumentó Caruso para archivar la causa. El querellante impugnará la decisión.
Este proceso podría haberse evitado, hubo varias instancias para resolverlo, la audiencia de conversión de la acción, la formulación de cargos y la primera parte del control de acusación. «Es hasta violento que la señora tenga que estar acá dando explicaciones y estar imputada por algo que seis jueces le creyeron», agregó la jueza.
El caso
Ocurrió el 1 de marzo de 2020, en la toma Los Paraguayos, en Cipolletti. En contexto de una reunión social, la víctima fue a comprar bebidas junto a dos personas, a un negocio a pocos metros del lugar. Allí se cruzó por primera vez con sus agresores: Esmeraldo Florentín Bedoya y Severiano Florentín Bedoya. La invitaron a bailar y ante la negativa comenzaron los agravios.
Minutos después, ya en la vivienda donde se desarrollaba la fiesta, la mujer ingresó a un baño y atrás de ella, sin notarlo, entró Severiano e intentó abusarla sexualmente. En el fallo un juez precisó que fue el cinto lo que evitó que el hombre le baje los pantalones, tiempo suficiente para que intervenga la pareja de la víctima que también estaba en el lugar.
Allí también intervino Esmeraldo que con un machete con el filo sobre el cuello del hombre lo amenazó de muerte. La dueña de la casa logró calmar la situación.
Tras ese episodio la pareja se fue a su casa, cerca del lugar. Minutos más tarde ambos condenados se presentaron con otras personas, bajaron la puerta a golpes y comenzaron a violentar nuevamente a la pareja. «Esmeraldo concurrió hasta esa casa blandiendo un machete, además estaba acompañado como mínimo con dos personas más, y uno de ellos con un rifle», dice el fallo.
Uno ingresó a la habitación y comenzó a golpear con el machete a la mujer, el otro sacó a su pareja de la vivienda y también la golpeó.
La tercera persona que estaba en la vivienda, amiga de la víctima, dijo que la pateaban como a un perro. » Esmeraldo la alcanzó y le empezó a pegar machetazos que estaba en el suelo. Graficó con una expresión cruda: “…le pegaba como si fuera un perro… le daba con todo”. Vio también cuando Severiano se sumó a la golpiza feroz de Esmeraldo y comenzó a darle patadas. Nadie podía acercarse a ayudar, uno se quiso meter y otro muchacho le dijo que no lo hiciera que le iban a meter un tiro», sostiene el fallo.
Por este hecho, los condenados presentaron una denuncia por falso testimonio y falsa denuncia, además uno de ellos aseguró que la víctima estaba armada y los atacó a tiros. » Si los imputados sufrieron un ataque injusto e ilegítimo como lo dijeron en sus descargos, debieron acudir a hacer la denuncia y peticionar ante las autoridades. Pero de modo alguno debieron ir en patota como lo hicieron», escribió el juez Guillermo Baquero Lazcano en la sentencia. Esmeraldo recibió una condena de seis años de prisión y su hermano Severiano a cinco años.
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