Otro freno judicial a los empresarios que rechazan la tasa al turista
La Justicia ya había indicado que no afectados directos por la tasa y desestimó un planteo de inconstitucionalidad. Ahora declaró inadmisible el recurso extraordinario federal.
Otro freno judicial a los empresarios que rechazan la tasa al turista
El planteo de inconstitucionalidad de la tasa al turista creada por la municipalidad de Bariloche sufrió un nuevo revés para los empresarios que pretenden frenar el tributo que se cobra a los visitantes con un nuevo fallo judicial que declara inadmisible el recurso extraordinario federal.
El planteo contra la llamada Ecotasa fue impulsado a comienzos de año por un grupo de propietarios de cabañas a quienes el Superior Tribunal de Justicia, en un fallo anterior, consideró que no tenían legitimidad para promover la demanda por no ser afectados directos sino agentes de retención de la tasa.
Esta causa judicial que llegó al Superior Tribunal de Justicia es paralela a otro planteo impulsado en la Corte Suprema por el presidente Mauricio Macri que objetó el tributo que Barilochje le cobra a los turistas por hasta tres noches de alojamiento con una carga que depende del nivel del establecimiento hotelero.
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Según informó la municipalidad, los cabañeros interpusieron un recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la Ecotasa para poder llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero el máximo tribunal provincial desestimó este nuevo planteo.
Los empresarios están representados por las abogadas María Marta Peralta (quien fue asesora municipal en la gestión de María Eugenia Martini) y Laura Loureyro. Según indicó la municipalidad, la Justicia puntualizó en que se omitió “el relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso relacionadas con las cuestiones invocadas como de índole federal, la demostración de que el pronunciamiento impugnado ocasione un gravamen personal, concreto, actual y básicamente la refutación de todos y cada uno de los fundamentos del fallo impugnado”.
La comuna puso énfasis en destacar que “los jueces entendieron que no se advirtió la alegada arbitrariedad”.
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