Anularon la probation al hijo del juez que chocó a dos jóvenes en Junín

El Tribunal Superior de Justicia resolvió que se revise la sentencia de primera instancia en la caso de Luciano Luchino, quien fue imputado por doble homicidio culposo en concurso ideal.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) anuló la probation otorgada a Luciano Luchino, el hijo del juez que atropelló a dos jóvenes voluntarias del Ejército en Junín de los Andes.

La resolución del TSJ determinó que el Tribunal de Impugnación, con nuevos integrantes, revise nuevamente la sentencia de primera instancia.

Luchino está siendo juzgado por el siniestro vial ocurrido en marzo, en el que fallecieron las voluntarias Rosa Tatiana Millapi y Karina Catalán al ser impactadas por la camioneta que conducía el joven, que tenía 0,975 gramos de alcohol por litro de sangre al momento del hecho, según el fiscal Adrián De Lillo.

Cuando comenzó el proceso, el juez de garantías Nazareno Eulogio había rechazado en primera instancia la solicitud de la suspensión de juicio a prueba realizado por la defensa.

Luego, el 3 de agosto, el Tribunal de Impugnación otorgó la probation a Luchino y el 10 de noviembre el juez Eulogio rechazó el pedido de sobreseimiento pedido por la defensa.


Por dos votos positivos y uno negativo el tribunal de impugnación otorgó la probation a Luciano Luchino, el joven que atropelló a las soldados voluntarias de Junín de los Andes. De esta manera, se revocó la decisión del juez Nazareno Eulogio, en favor del pedido de la defensa.

Luchino, hijo de un juez civil local, fue imputado por doble homicidio culposo en concurso ideal, por la muerte de las soldados Rosa Tatiana Millapi y Karina Catalán, el pasado 12 de marzo en una colisión sobre la Ruta Nacional 40, cuando iban en una moto hacia la guarnición militar de San Martín.

Producto del impacto, los cuerpos de las jóvenes sufrieron severas heridas. Una de ellas fue decapitada y perdió una de sus piernas en la rodada debajo del automotor, mientras su compañera también sufrió mutilaciones que le produjeron la muerte instantánea.

El fiscal Adrián De Lillo recordó en su momento que el dosaje de alcohol del victimario presentaba un registro de 0,975 gramos por litro de sangre, cuando el límte fijado por la ley 24.449 es de 0,5.

Ahora con esta resolución, Luchino deberá esperar a que se fije una nueva audiencia donde se concretarán las imposiciones que deberá cumplir.

La defensa había solicitado probation para el imputado, consistente en una autoimposición de conducir vehículos por tres años, realizar cursos de conducción segura y responsable; reparar con 50.000 pesos los daños provocados a cada familia y/o donar 10.000 pesos a los Bomberos Voluntarios de la ciudad.

El juez de garantías Nazareno Eulogio había rechazado en primera instancia la solicitud de la suspensión de juicio a prueba realizado por la defensa.


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