Ordenan realizar un nuevo juicio contra un acusado de abusar de su hija en Neuquén

Lo dispuso la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, por mayoría. El imputado había sido absuelto en el debate oral, y la sentencia fue confirmada por Impugnación. Uno de los vocales criticó duramente la labor de la fiscalía.

La sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) resolvió por mayoría ordenar un nuevo juicio contra un hombre, acusado de abusar sexualmente de su hija, que había sido absuelto.

El caso cobró publicidad ya que el testimonio de una médica forense, que era determinante para la acusación y cuyo estado de salud le impidió concurrir a la audiencia, resultó excluido como prueba.

El imputado fue juzgado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la guarda y el vínculo, cometido contra la niña. El tribunal de juicio, integrado por Ana Malvido, Cristian Piana y Lucas Yancarelli, lo absolvió. La sentencia fue confirmada por el Tribunal de Impugnación formado por Florencia Martini, Daniel Varessio y Andrés Repetto.

Tanto el fiscal Andrés Azar, la defensora de los Derechos del Niño y del Adolescente, Mónica Palomba y el querellante Javier Pino Muñoz pidieron al TSJ que revisara la decisión.

La vocal Soledad Gennari afirmó que “el temperamento absolutorio sólo fue posible merced a una consideración aislada de ciertos elementos, sin integrarlos o armonizarlos con el total de la prueba rendida; a la vez que obviaron las pautas bajo las cuales debía examinarse la prueba”. Señaló que en la sentencia de juicio se subrayó que el testimonio de la niña constituía “la principal prueba” en este tipo de delitos, sin embargo “la única alusión a su relato se plasmó en dos párrafos” sin “que tampoco hayan sido tomados sus dichos en consideración”. Manifestó que ni este tribunal, ni Impugnación aplicaron la perspectiva de género al momento de juzgar.

Gennari votó porque se anulara la sentencia y se ordenara un nuevo juicio con otra integración, al igual que su par Germán Busamia.

En minoría quedó el vocal Alfredo Elosú Larumbe que consideró que ambos tribunales fundamentaron acabadamente sus posturas. Dijo que las partes acusadoras fueron quienes “solicitaron dejar sin efecto la declaración” de la médica. Planteó que no le resultaba claro porqué razón Azar “a quien le cabía de manera directa la carga de la prueba en los hechos” aceptó “desistir de tan valioso testimonio” y no propuso su ingreso “por medios telemáticos desde su domicilio”.

“Me limito simplemente a señalar que la actuación del Ministerio Público Fiscal (y, consecuentemente, de la Defensoría de los Derechos del Niño y de la querella) sobre este punto resulta absolutamente llamativa e inconcebible. No se entiende cómo el titular de la acción pública aceptó que se excluya del proceso una prueba fundamental para procurar probar la culpabilidad del acusado. Máxime en un contexto probatorio de relativa fragilidad como el que caracteriza a este proceso. Cualquier funcionario con un mínimo de experiencia en juicios penales sabe que esta prueba médica era fundamental para acreditar la materialidad objetiva del hecho cuya condena se pretendía”, aseguró el vocal.

Azar fue trasladado de la fiscalía de delitos sexuales a la que investiga homicidios.


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