Ordenan dar una “solución habitacional” a una niña con discapacidad

La madre alquila una casa precaria en Cipolletti, adonde vive con la joven. El IPPV deberá brindar una solución.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la sentencia de amparo que dictó la jueza civil de Cipolletti, Soledad Peruzzi, ratificando que el Instituto Provincial de Promoción de la Vivienda (IPPV) deberá “brindar una solución habitacional” a una mujer y a su hija de 8 años de edad, la cual padece una severa discapacidad.

Con los votos coincidentes de los jueces, el STJ rechazó la apelación que se planteó desde la Fiscalía de Estado de Río Negro, en contradicción a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3 de Cipolletti.

La jueza Peruzzi había ordenado que el IPPV “brinde una solución habitacional a la amparista, adecuada a las necesidades de la niña”, que padece “encefalopatía no especificada”. La magistrada consideró que “la situación de grave vulnerabilidad de la amparista y de su hija”, ya que “residen en una vivienda alquilada inadecuada”.

Además, la mujer lleva casi siete años inscripta ante el IPPV, esperando la adjudicación de una vivienda.

Por otra parte, la jueza aseguró que la al tener q asistir permanentemente a su hija, estas necesidades “limitan las posibilidades laborales de su madre”, expresó en el fallo.

Tras la apelación, los jueces del STJ, en mayoría sostuvieron que se encuentran ante “una excepción al principio general relacionado a la vivienda y al procedimiento ante el IPPV”, ya que consideraron que la familia en cuestión vive “una situación de carácter extremo, urgente y con lesión actual e inminente”.

De el informe social se desprendió que la amparista alquila una vivienda mal conservada, que cuenta con el mobiliario básico y sin las condiciones necesarias para las necesidades de la joven con discapacidad. Por ejemplo, quedó expresado en el informe que los ambientes son reducidos y no permiten circular con la silla de ruedas. Además no cuenta con espacios separados, por lo que la mujer debe “trasladarse diariamente a la casa de sus progenitores, a unas 20 cuadras aproximadamente, para realizar el aseo de la niña”. En ese sentido, también consideraron que el costo del alquiler, de $4.600 representa el 46% de los ingresos económicos totales de la familia, lo cual vieron como un obstáculo “para que puedan acceder por sus propios medios a una vivienda con mejores condiciones”.


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