Vacunación obligatoria, pero también justa
Gabriela Arguedas Ramírez *
Hasta el 31 de diciembre de 2021, casi 50 países en el mundo han emitido directrices de diversa naturaleza jurídica (algunas más amplias que otras) para implementar la vacunación obligatoria. Algunas de esas directrices tienen un sustrato legal robusto como, por ejemplo, la vacunación obligatoria del personal sanitario que labora en la Caja Costarricense del Seguro Social en mi país, Costa Rica, o el mandato de vacunación que deben acatar todos los funcionarios federales de Estados Unidos.
En este último país, sin embargo, hasta el 13 de enero las autoridades gubernamentales habían tomado acuerdos que permitían a dueños de empresas con más de 100 empleados exigir a sus trabajadores un certificado de vacunación completa para poder continuar en sus puestos laborales. En algunos casos no queda claro si el empleador tiene potestad legal para despedir a un trabajador que no desea vacunarse y que no cuenta con algún tipo de excepción médica.
En cuanto a Costa Rica, la Caja Costarricense del Seguro Social no tiene un protocolo detallado sobre qué procedimiento seguir si un funcionario se niega a ser vacunado. Lo único que está claro es que la jefatura inmediata debe abrir un proceso disciplinario. Pero, una vez que el empleado cumple con la sanción y regresa a sus funciones sin vacunarse, no está definido qué se puede hacer.
Esta y muchas otras incertidumbres jurídicas hacen del mandato de vacunación un recurso que, si bien es necesario en las actuales circunstancias -y más aún cuando la vacunación voluntaria llega a un techo- no es infalible ni es suficiente, en lo absoluto.
Desde la perspectiva de la ética de la salud pública y de los derechos humanos, los mandatos de vacunación deben imponerse de manera justa. De lo contrario -y aunque existan argumentos de peso sobre su importancia y utilidad- pueden terminar generando daño a grupos vulnerables, como las personas migrantes (en condición regular o irregular), personas refugiadas y personas desempleadas o en empleo precario.
En Estados Unidos, más de 5.5 millones de trabajadores en industrias esenciales son migrantes indocumentados. Además de haber enfrentado enormes riesgos durante la pandemia, también han tenido que atravesar por una compleja serie de obstáculos para tener acceso a la vacunación contra el Covid-19. Como presenté en un estudio publicado por el Journal of Global Ethics, muchas personas aún tienen dudas o temores porque la distribución de vacunas en ese país ha sido confusa y esto aumenta la desconfianza y la incertidumbre. En varios sitios de vacunación, los funcionarios exigen algún documento de identidad o el número de seguridad social, lo cual ahuyenta a muchos migrantes indocumentados que temen exponerse a la deportación si son identificados por agentes federales.
En Costa Rica en algunos puestos de vacunación le han negado el derecho a la vacuna contra el Covid-19 a personas migrantes en condición regular, a pesar de que la directriz del Consejo Nacional de Vacunas del Ministerio de Salud sí incluye, desde hace varios meses, la vacunación de migrantes documentados. Y no fue sino hasta la segunda semana de octubre de 2021 que el Gobierno anunció que las personas migrantes en condición irregular, pero con arraigo en el territorio, son elegibles para la vacunación.
Además, las personas (nacionales o extranjeras) en condición de subempleo o en la informalidad también enfrentan obstáculos significativos. A través de entrevistas con personas afectadas, he sabido de casos de funcionarios en centros de vacunación que se han negado -de manera arbitraria- a vacunar a personas que no se encuentran al día con las cuotas del seguro social. Este tipo de contradicciones y abusos de poder contribuye a que las personas no acudan voluntariamente a vacunarse, ya sea por temor o por confusión. Un mandato de vacunación, por sí solo, no resolverá este tipo de situaciones. Al contrario: podría excluir aún más a las personas en estas condiciones de vulnerabilidad.
Peor aún, en Costa Rica la población ocupada con un empleo informal ronda las 929,000 personas. Estas personas tienen derecho a vacunarse en el país, sin embargo, enfrentan una gran serie de obstáculos que un eventual mandato universal de vacunación debe tomar en consideración. Este casi millón de personas, que trabaja en la informalidad, no tiene ninguna red de apoyo institucional, no tiene derechos laborales y es altamente probable que tampoco tenga ahorros. Para muchísimas de estas personas, tomar el tiempo para ir a un centro de vacunación implica invertir tiempo que de otra forma usarían trabajando, lo que por consecuencia significa pérdida de ingresos. Y la posibilidad de dejar de percibir ingresos por uno o dos días, en la eventualidad de que los efectos secundarios de la vacuna les impida trabajar, es un incentivo de enorme peso contra la vacunación.
En algunos casos, incluso trabajadores formales me han dicho que tienen temor de vacunarse porque sus empleos son precarios y ausentarse un día —ya sea para ir a vacunarse o por los efectos secundarios de la vacuna— podría ponerles en riesgo de perder un día de salario o, incluso, perder el trabajo. La jornada laboral para quienes tienen empleo formal en Costa Rica es de mínimo 48 horas semanales. Y para una gran cantidad de trabajadores, el desplazamiento a sus trabajos requiere entre una y hasta tres horas diarias, dejando muy poco tiempo disponible para todas las demás obligaciones cotidianas. Por esta razón, el Estado debe procurar hacer llegar las vacunas a las personas en lugar de depender casi exclusivamente en que las personas acudan a los vacunatorios.
Para salir de esta pandemia en todos los países se debe avanzar rápidamente con la vacunación. Sin embargo, el peor obstáculo en la gran mayoría de los países de ingreso bajo y medio no es la negativa de la población a vacunarse sino la cantidad insuficiente de vacunas y las barreras en el acceso. La imposición de la vacunación obligatoria es un recurso legítimo en una situación de crisis extrema como la que estamos viviendo, pero las autoridades sanitarias deben implementar esas políticas a través de planes estratégicamente diseñados con base en criterios éticos, sociológicos y epidemiológicos, de modo que cumplan con su objetivo sin provocar daños prevenibles. Los Estados deben asegurar condiciones mínimas para que las personas en situaciones de mayor vulnerabilidad no tengan que enfrentar un alto costo asociado a la vacunación (así la vacunación en sí misma sea gratuita). Un plan de vacunación mandatoria debe contemplar las desigualdades sociales y económicas que obstaculizan el acceso y que, incluso, pueden favorecer la confusión, la desinformación y el temor hacia la vacunación contra el Covid-19.
* Bioeticista de la Universidad de Costa Rica e integrante del ‘Independent Resource Group in Global Health Justice’. (The Washington Post)
Comentarios