Exclusivo Suscriptores

Freno constitucional a las medidas racistas contra pueblos indígenas en Río Negro

Todos los proyectos y medidas adoptadas en modo formal o informal por organismos del Estado Nacional, mediante los cuales se avasallan los derechos reconocidos a las comunidades originarias en Argentina, resultan abiertamente inconstitucionales y contrarias a las medidas establecidas en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de los pueblos indígenas.

En nuestra región, desde hace varios meses, se vienen conociendo una serie de disposiciones y anuncios oficiales referidos a cercenar esos derechos.

Ello tienen su razón de ser en el racismo profundo que habita en ciertos sectores de la clase política argentina, donde muchos actúan por convicción, otros por conveniencia electoral y otros indudablemente lo hacen para defender intereses de corporaciones extranjeras que vienen por el agua, la tierra, el gas, el petróleo y los minerales estratégicos.

Fundamentan estas medidas en la supuesta defensa de la soberanía nacional, intentando quitar ciudadanía a mujeres, hombres y niños, considerándolos extraños en su propia provincia.

Por el contrario, una manera de defender la soberanía nacional, sería denunciar la presencia de un aeropuerto inglés en territorio rionegrino (ahora posiblemente perteneciente a Emiratos Árabes) con una pista de aterrizaje para aviones de gran porte, a solo dos horas de vuelo de la base de OTAN en las Islas Malvinas. Ni un solo radar, ni una sola oficina de Prefectura para resguardar la integridad territorial argentina. Pero de esto no hablan y menos aún lo denuncian.

Podrían también intentar defender la soberanía nacional denunciando la venta de tierras a qataríes, ingleses, canadienses, australianos, italianos, belgas, emiratíes, estadounidenses y holandeses en nuestras áreas de fronteras, ya sea en la Cordillera como en la costa atlántica rionegrina. Pero de eso tampoco hablan y tampoco lo denuncian.

Otra buena forma de defender la soberanía nacional sería denunciar la firma de un contrato con la empresa israelí Mekorot sobre el uso del agua en Río Negro, sin pasar por la Legislatura provincial. De eso -por supuesto- tampoco hablan, y menos aún, denuncian.

Hace escasos días se conoció un hecho que genera alta preocupación: funcionarios de Parques Nacionales ordenaron trabajadores y trabajadoras “no” hacer alusión en comunicados o redes sociales a la celebración del año nuevo mapuche: Wiñoy Xipantv.

Anteriormente, se había prohibido la presencia de símbolos que hacen a la identidad del pueblo mapuche en los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi, prometiendo el gobierno nacional ampliar esa medida a todos los organismos público, universidades y escuelas.

Sin embargo, en decenas de establecimientos educativos del norte patagónico -en el marco del juramento a la bandera argentina- niñas y niños pertenecientes al pueblo mapuche presentaron junto al emblema patrio, uno de los símbolos que hacen al derecho a la identidad y a la preexistencia étnica y cultural reconocido por la Constitución Nacional: la wenufoye.

Poco tiempo antes, la Universidad Nacional del Comahue, por resolución de la Asamblea Universitaria, adoptó en forma institucional la “perspectiva intercultural” y los docentes y estudiantes de la Universidad Nacional de Río Negro siguen trabajando codo a codo con el pueblo mapuche. Lo mismo sucede en todas y cada una de las escuelas públicas de Río Negro.

Recordemos que, en nuestra provincia, la Legislatura sancionó en el año 2014 la ley 4962, la cual establece asueto administrativo para integrante del pueblo mapuche, los días de celebración de Wiñoy Xipantv o año nuevo y del 12 de octubre -Wixa zipan- o rogativa por los caídos.

Dicha legislación se encuentra en línea con el art. 42° de la Constitución de Río Negro -sancionada muchos años antes de la reforma constitucional de 1994 que incorporó el artículo 75 inciso 17 y 22- que reconoció al indígena rionegrino como signo testimonial y de continuidad de la cultura aborigen preexistente, contributiva de la identidad e idiosincrasia provincial.

Por lo tanto, ninguna norma de menor rango puede desobedecer el mandato constitucional.

Como consecuencia de ello, aquella medida que intente hacer prevalecer el odio sobre la paz y el respeto entre las distintas culturas que habitan nuestro suelo, NO tiene cabida en Río Negro.

* Abogada. Magister en Políticas Públicas y Gobierno Legisladora Provincial. Bloque Vamos con Todos.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Comentarios

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora