Nuevo rechazo al pedido de prisión para exjefes policiales condenados en Bariloche

Víctor Cufré, Jorge Villanova y Argentino Hermosa fueron condenados en 2018 por los crímenes de Nicolás Carrasco y Sergio Cárdenas. El STJ consideró que la pena no está firme hasta que se expida la Corte Suprema.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de queja que había presentado la abogada Marina Schifrin, en representación de los padres y hermanos de Nicolás Carrasco, con la intención de que los exjefes policiales comenzaran a cumplir la condena de 4 años de prisión que le impuso un tribunal por su responsabilidad en los violentos hechos del 17 de junio de 2010 en barrios de Bariloche.

El máximo tribunal provincial confirmó la doctrina legal que determina que una sentencia condenatoria no queda firme hasta que la Corte Suprema no se pronuncie sobre el recurso de queja presentado por alguna de las partes. En este caso, el defensor particular Sebastián Arrondo, que asiste a los exjefes policiales Víctor Cufré, Jorge Villanova y Argentino Hermosa y otros 3 policías condenados por los hechos del 17 de junio de 2010, interpuso una queja el año pasado ante el máximo tribunal del país que todavía no resolvió si la admite o la rechaza.

Por eso, el STJ confirmó el fallo de la exCámara Criminal Primera de Bariloche que había rechazado el 16 de julio de 2020 el pedido de prisión preventiva que Schifrin y la abogada Natalia Araya, en representación de la familia de Sergio Cárdenas, habían presentado para que se les imponga prisión preventiva a Cufré, Villanova y Hermosa.

Las querellas habían hecho el pedido después de que el STJ rechazara el recurso extraordinario de la defensa de los expolicías condenados para llevar el caso a la Corte Suprema. Pero a la defensa le quedaba la instancia de ir en queja.

Además, el tribunal de Bariloche rechazó en julio del año pasado el pedido del fiscal jefe Martín Lozada, que no había adherido al reclamo de la prisión preventiva, pero solicitaba que se les impusiera una caución de 1,5 millón de pesos a cada uno de los imputados condenados.

Los jueces Juan Pablo Laurence y Marcelo Álvarez Melinger concluyeron el 16 de julio de 2020 que los motivos alegados por ambas querellas no justificaban el dictado de la prisión preventiva ya que las pautas ordenadas por el tribunal en diciembre de 2019 y con vigencia hasta que el caso adquiera firmeza, se estaban cumpliendo.

Schifrin presentó una queja ante el STJ para que revocara ese fallo. Alegó que su planteo principal no apuntaba a que se le impusiera la prisión preventiva a los imputados, sino que empezaran a cumplir la pena.

Pero el STJ desestimó su recurso en un fallo que dictó el 9 de febrero último. La jueza del STJ Adriana Zaratiegui, con el apoyo de sus pares Ricardo Apcarian y Enrique Mansilla, recordó que una sentencia adquiere cosa juzgada luego de que sea rechazada la queja por el recurso extraordinario denegado ante la Corte Suprema.

“La posibilidad de ejecutar de modo inmediato una decisión no firme resulta claramente incompatible con el derecho a la presunción de inocencia que tiene toda persona sometida a proceso mientras una sentencia firme no establezca legalmente su culpabilidad”, advirtió Zaratiegui.


Qué dice el fallo de 2018


La exCámara Criminal Primera de Bariloche condenó el 4 de diciembre de 2018 a 4 años de prisión al exsecretario de Seguridad y Justicia de la provincia durante el último gobierno radical, Víctor Cufré, al exjefe de la Policía de Río Negro en ese momento, Jorge Villanova y el entonces titular de la Unidad Regional Tercera de Bariloche, Argentino Hermosa, como coautores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, homicidio culposo y lesiones culposas.

Se les atribuyó haber actuado de manera negligente siendo las máximas autoridades de la Policía rionegrina durante los hechos violentos que ocurrieron el 17 de junio de 2010 en Bariloche, que causaron las muertes de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco y dejaron 13 heridos. Además, se les impuso una inhabilitación de 8 años para ejercer cargos públicos.

El mismo tribunal condenó a la misma pena a los policías Víctor Darío Pil, Marcos Rubén Epuñan y Víctor Hugo Sobarzo como coautores de los disparos en agresión que recibió Cárdenas de 29 años y que causaron su muerte. En cambio, no hubo responsables por el homicidio de Carrasco, que tenía 16 años, porque la investigación no identificó al autor o los autores de los disparos letales.

A finales de noviembre de 2019, el STJ confirmó la sentencia, pero todavía falta el pronunciamiento de la Corte Suprema.


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