Un procedimiento irregular de Tránsito derivó en una condena contra el municipio de Cipolletti
Le secuestraron el auto y el carnet de conducir a un ciudadano sin razón. El juzgado de Faltas reconoció que el hombre no cometió ninguna infracción.
Un cuantioso y experimentado equipo de abogados no logró inclinar la balanza de la justicia en favor del municipio de Cipolletti que recibió una condena, económicamente simbólica, por un procedimiento irregular del departamento de Tránsito. Un ciudadano demandó al Poder Ejecutivo en el fuero Contencioso por la retención de su cédula de conducir y posterior secuestro de un vehículo a pesar de que no había cometido ninguna infracción.
La jueza que intervino en la causa hizo lugar parcialmente al planteo del joven, pero desechó la mayoría de las indemnizaciones que requirió, entre ellas el daño moral y psíquico, porque no fueron debidamente acreditados. Por eso ordenó al municipio pagar una suma cercana a los 25 mil pesos, porque si quedaron probadas las irregularidades en el control.
La historia fue más o menos así: el 14 de mayo de 2023 el damnificado, identificado como R.M., circulaba en el vehículo de su madre cuando a las 6,45 personal de Tránsito, junto a efectivos policiales, lo hicieron detener para un control de documentación y de alcoholemia.
Los papeles estaban en regla y el resultado de alcohol arrojó un 0,30 g/l en sangre, menor al límite de 0,50 g/l que regía en aquel momento, pero igualmente fue demorado porque tenía una licencia de conducir “D2”, profesional.
Para ese rango el límite de alcohol es cero, pero en función laboral y con el vehículo correspondiente. No era el caso, aunque igualmente el personal de Tránsito, que depende de la municipalidad, le retuvo el auto y la licencia. Ni siquiera le dieron la posibilidad de llamar a otra persona para que maneje el vehículo. Se tuvo que ir con el resto de los ocupantes del rodado en taxi.
Al día siguiente no solo le restituyeron el auto, sino que la jueza de Faltas resolvió dejar sin efecto la multa impuesta. Tampoco le cobraron el acarreo y le informaron que “fue indebidamente retenido por lo que le devolverían el automotor”, sin imponer multa alguna.
Inmediatamente R.M. presentó una demanda con un reclamo de 300.000 pesos. Entre ellos el descuento que le hizo su empleadora por no ir a trabajar ese día, ya que no tenía el carnet de conducir. También exigió cerca de 250 mil pesos por daños y privación del bien.
La jueza contenciosa María Adela Fernández no hizo lugar a esos reclamos porque no fueron oportunamente comprobados: ni el daño moral ni el psicológico, pero además hizo un cuestionamiento a la empleadora en caso de haberle descontado el día con la justificación del caso.
El equipo de abogados de la Municipalidad negó los cargos y su defensa se basó en que los inspectores de tránsito, en uso de las facultades, labraron el acta de retención preventiva Nº 84545, que fue aceptada y reconocida por el actor, la cual cumple con todos los requisitos de validez que impone la norma citada en el artículo 21 y siguientes, y que obra a fojas 3 del Expediente Nº 1619/2023 del Juzgado Municipal de Faltas.
La Municipalidad sostuvo que no constituyó un servicio irregular sino más bien una facultad de carácter preventiva del municipio, la de retener el bien y licencia. Además, negó la configuración de daño y la legitimidad del conductor para reclamar la compensación de 159.500 pesos en beneficio de la madre del conductor por privación del bien.
Los argumentos del Ejecutivo presentado por cuatro abogados entre ellos el asesor legal del municipio y exfuncionario provincial Sebastián Caldiero y el titular del Colegio de Abogados de Raúl Franco, no fueron acreditados por la jueza y por eso hizo lugar, parcialmente a la demanda.
El hecho ocurrió en mayo del año pasado, casi cinco meses antes de que el Concejo Deliberante apruebe el proyecto de Alcohol Cero que comenzó a regir el 9 de agosto del año pasado en Cipolletti.
Un cuantioso y experimentado equipo de abogados no logró inclinar la balanza de la justicia en favor del municipio de Cipolletti que recibió una condena, económicamente simbólica, por un procedimiento irregular del departamento de Tránsito. Un ciudadano demandó al Poder Ejecutivo en el fuero Contencioso por la retención de su cédula de conducir y posterior secuestro de un vehículo a pesar de que no había cometido ninguna infracción.
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