Presentaron proyecto de ficha limpia para las elecciones municipales de Regina

El proyecto apunta a impedir que personas que tengan condenas firmes por distintos delitos, no puedan presentarse como candidatos en las elecciones municipales.

El Concejo Deliberante de Regina comenzó a analizar un proyecto de ordenanza de ficha limpia, para que personas que tengan condenas firmes no puedan presentarse como precandidatos o candidatos en las elecciones de nivel municipal.

La iniciativa ingresó esta semana al Deliberante local que giró el proyecto a la comisión de Asuntos Jurídicos y Legislación para evaluar la procedencia para su aprobación o rechazo.

La propuesta fue presentada por concejales del bloque Somos Villa Regina (SVR), para que con la sanción de una ordenanza se establezca la “ficha limpia” y se vede a las personas que tengan condenas firmes por delitos de corrupción, contra la integridad sexual o por la privación ilegítima de la libertad, presentarse como precandidatos o candidatos en las listas de las fuerzas políticas que compulsen por cargos electivos en el municipio local.

Señalaron que “lo que proponemos y propiciamos es que quienes atenten contra el sistema democrático, de acuerdo con lo que prescribe el Artículo 36° de la Constitución Nacional, no puedan ser candidatos a cargos electivos. Es decir, no pueden desempeñar ese cargo tan honorable y honroso que implica ser elegido por el pueblo, nada más y nada menos que para representarlo. Los constituyentes del ’94, con ese artículo 36° querían dar una señal muy clara: que la corrupción es un delito gravísimo, tan grave como el delito de sedición. Se trata de un delito que pone en riesgo el funcionamiento del sistema democrático”.

En este sentido enfatizaron que “es necesario evitar que las personas condenadas por delitos de corrupción, contra la vida, contra la integridad sexual y contra la libertad de las personas, puedan ser candidatos a cargos públicos en el ámbito del Municipio de Villa Regina”.

Finalmente explicaron que el proyecto de ordenanza “lo que establece son requisitos para acceder a la función publica y electiva. En cambio, el principio de inocencia es un principio individual procesal que hace referencia a la libertad del imputado o del procesado, y al derecho de defensa. Por lo tanto, no existe Ia contraposición de intereses esgrimida”.


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