Cortés dijo que los juzgados de faltas de Bariloche “se van a concursar sí o sí”

Los dos jueces de faltas resisten en la Justicia su remoción, pero el intendente entiende que los plazos están vencidos e insistirá con los llamados a nuevos concursos.

El Ejecutivo municipal tiene resuelto no ceder en los llamados a concurso para cubrir los dos juzgados de faltas e insistirá con su interpretación de la Carta Orgánica, según la cual corresponde efectuar esas renovaciones cada seis años.

Los dos jueces en ejercicio, Debora Bietti y Gustavo Contín, llevan más de diez años en sus cargos y sostienen que solo el Concejo Municipal tiene atribuciones para removerlos, con causas debidamente fundadas. Ambos recurrieron a la Justicia ordinaria para reclamar que esclarezca el diferendo.

Pero el intendente Walter Cortés dijo que no retrocederá. “La Carta Orgánica es clara. Cada seis años se tienen que someter a concurso y no lo hicieron. Que se haya pasado por alto no quiere decir que no corresponda -argumentó ante una consulta de este medio-. Queremos llevar el municipio a un funcionamiento más ordenado. Los juzgados se van a concursar sí o sí”.

En dos resoluciones sucesivas, firmadas a comienzos de marzo, Cortés declaró vacantes ambos juzgados y llamó a concurso de antecedentes y oposición. El plazo de inscripción ya venció y desde la asesoría letrada aseguraron que sólo recibieron tres inscripciones.

El juez de faltas Contín dijo que “todo el procedimiento está enredado y mal hecho”. Observó que el intendente no fundó su decisión en ningún dictamen jurídico, como hubiera correspondido para una discusión técnica de ese tipo.

De hecho, el cronograma que pensó el intendente ya está alterado porque dispuso conformar un jurado para evaluar a los concursantes, que todavía no se conformó porque el Concejo no designó sus representantes. En la reunión de comisión Legislativa del 17 de abril los concejales decidieron los presidentes de bloque acordaron no participar hasta que la Justicia se expida, según explicó el presidente del Deliberante Gerardo del Río. Ese cuerpo, sin embargo, se cuidó de fijar postura sobre la legitimidad de lo actuado hasta ahora por Cortés.

Un texto y dos lecturas

El intendente dijo que la Carta Orgánica “es clara”, porque establece un tiempo de seis años para los mandatos de los jueces de faltas. “Fuiste elegido con esas reglas y no las podés desconocer” dijo Cortés. También aseguró que no tiene “ninguna animosidad” con el juez Contín. El propio juez sugirió que había un “encono” del intendente en su contra al señalar lo había atacado en su programa de televisión por fallos contrarios al sindicato de Comercio.

El artículo 68 de la Carta Orgánica dice puntualmente que “los jueces de faltas son nombrados por un período de seis (6) años y pueden ser nombrados nuevamente si dura su buena conducta”.

La palabra “pueden” es la que subrayó Contín al referir que está vedada la remoción automática, y que debe mediar una intervención del Concejo, que los designa, y es el único que puede evaluar su desempeño. De considerarlos responsables de una inconducta puede removerlos y generar la “vacancia” que ahora resolvió el intendente por cuenta propia.

El juez en funciones dijo que el artículo 71 de la COM enumera las causales de remoción, que son seis, y ninguna habla del cumplimiento de un límite temporal en el cargo.

Tanto Contín como Bietti recurrieron a la Justicia en causas contencioso administrativas, lo cual les cerraría las puertas para volver a concursar, porque una de las condiciones es no tener litigios con el municipio.

Contín subrayó la “ilegalidad manifiesta” de la resolución que lo remueve del cargo, consideró un “absurdo” que la misma resolución los ratifique en sus cargos para evitar un vacío, hasta que estén resueltos los concursos, y pidió la intervención del Concejo y el Tribunal de Contralor, que por ahora no se expidieron.


El Ejecutivo municipal tiene resuelto no ceder en los llamados a concurso para cubrir los dos juzgados de faltas e insistirá con su interpretación de la Carta Orgánica, según la cual corresponde efectuar esas renovaciones cada seis años.

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