Violencia de género: le dieron la probation a pedido de la víctima

La fiscalía quería llevar a juicio al imputado por hechos de violencia de género. Pero la esposa  alegó a favor del acusado y la jueza admitió su pedido.

El defensor oficial Marcos Cicciarelo y la jueza Romina Martini intervinieron en la causa.

La jueza Romina Martini accedió al pedido de la defensa oficial y le concedió el beneficio de la suspensión de juicio a prueba a Felix Quintriqueo, que estaba imputado en una causa de violencia de genero en perjuicio de su pareja. Los hechos que la fiscalía le imputó ocurrieron entre diciembre de 2016 y marzo de 2017.


La jueza valoró el testimonio de la mujer que solicitó el beneficio de la probation para su esposo porque alegó que volvieron a recomponer la familia. La mujer aseguró que su pareja cambió en este tiempo. Dijo que Quintriqueo está en tratamiento psicológico y que no volvió a protagonizar nuevos hechos de violencia desde marzo de 2017.


El fiscal Tomas Soto expresó su oposición y reiteró la postura de que el acusado sea juzgado y que se le imponga una pena de ejecución condicional por los hechos de lesiones leves cometidos en un contexto de violencia de género. Sin embargo, la jueza escuchó a la mujer y admitió el pedido en la audiencia que se hizo el viernes en Tribunales de la calle John O´Connor de esta ciudad, informaron fuentes judiciales.


Dijeron que Martini resolvió conceder la suspensión de juicio a prueba para Quintriqueo por 2 años. Durante ese lapso deberá continuar con el tratamiento psicológico que inició hace tiempo y presentarse en forma periódica ante el Instituto de Asistencia de Presos y Liberados de la provincia.

“En el caso se encontraba en juego la prevalencia de la voluntad de la señora y el imputado frente a la voluntad Estatal”.

El defensor oficial Marcos Cicciarelo.


El hombre pidió perdón a su pareja, con la que tuvo un hijo durante el extenso proceso penal. La mujer había solicitado desde diciembre pasado que le dieran la probation a su pareja en lugar de una sanción punitiva. Pero los jueces Marcelo Barrutia y Bernardo Campana, que examinaron el caso en dos instancias del proceso, no la escucharon. Tampoco la fiscalía.


El caso había sido analizado por los jueces del Tribunal de Impugnación de la provincia que el 15 de abril pasado habían resuelto admitir un recurso del defensor oficial Marcos Cicciarelo, que asistió al imputado, y declararon la nulidad de las resoluciones de Barrutia y Campana porque no fallaron con perspectiva de género.


Barrutia dictó una resolución el 10 de diciembre pasado como juez de control de acusación y Campana revisó esa decisión el 20 de febrero último. En las dos instancias rechazaron el planteo de la defensa y el pedido de la mujer.


El defensor oficial advirtió que los jueces ni la Fiscalía tuvieron en cuenta “la voluntad de la víctima a la luz de los derechos de la mujer y la protección de la familia”. Sostuvo que en el caso se encuentraba en juego “la prevalencia de la voluntad de la señora y el imputado frente a la voluntad Estatal”.


“Estamos ante un caso en el que no se ha considerado en absoluto las necesidades deseos y preferencias de la señora Fernández. El Juez con funciones de revisión (por Campana) refiere a los informes de “altísimo riesgo” pero no trata ni pondera los informes acercados por la defensa que dan cuenta que la situación familiar ha revertido desde hace dos años a la fecha”, sostuvo la jueza del Tribunal de Impugnaciòn Rita Custet Llambí.


Advirtió que no todos los casos deben resolverse de la misma manera. “El Poder Judicial tiene el deber de dar la respuesta más acorde a los derechos de las partes, y en especial en casos de violencia de género buscar los medios para generar medidas transformadoras del orden social en general, y preventivas, reparadoras y restauradoras para la víctima en particular”, enfatizó.


“Tan autoritaria es la respuesta que en el presente caso a la señora Fernández no sólo no se la escuchó como ella misma denuncia (…) sino que la consideración de su bienestar estuvo ausente al momento de expresar las razones del posicionamiento tanto por parte del fiscal como de los jueces intervinientes a lo largo del proceso”, concluyó el Tribunal de Impugnación.


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