La reforma por la preventiva rindió examen y desaprobó

Se cumplió un año del cambio en el Código Procesal que ampliaba los supuestos para el encarcelamiento. La realidad la superó, hubo más condenados y se evaluó como negativo el impacto.

Hace un año la Legislatura neuquina reformó el Código Procesal Penal, a partir de un proyecto enviado por el gobernador Omar Gutiérrez, con el fin de ampliar los supuestos sobre los que se dicta la prisión preventiva. Quienes se oponían a la modificación planteaban que carecía de sustento estadístico –las detenciones se concedían, los imputados en libertad no se fugaban– y estaba muy lejos de darle una respuesta satisfactoria a las víctimas.

El tiempo parece haberles dado la razón: la mayoría de los operadores judiciales consideran que no produjo grandes cambios, mientras que otros evalúan que su impacto fue definitivamente negativo.

La prisión preventiva es la medida de coerción más gravosa, ya que implica la privación de la libertad de una persona que no tiene condena firme. Por eso es excepcional. La impone un juez, a pedido de las partes. Quien la solicita debe acreditar alguno de los dos peligros procesales: que el imputado intentará fugarse o que obstaculizará la investigación.

En marzo de 2014, a dos meses de sancionado el nuevo Código que instauró el sistema acusatorio, el exgobernador Jorge Sapag pidió endurecer la prisión preventiva. La iniciativa fue retomada por su sucesor dos años después con el argumento de que “la liberación inmediata del involucrado en delitos violentos constituye un real peligro para la víctima y su familia, y un profundo sentimiento de desamparo de la comunidad”.

Dos propuestas más

El Tribunal Superior de Justicia y el fiscal general, José Gerez, también mandaron sus propuestas de reforma que incluyeron, por ejemplo, la posibilidad de que todos los delitos sean juzgados por jurado popular, lo cual fue descartado.

Lo que se introdujo finalmente fue la posibilidad de dictar la prisión preventiva cuando el imputado en libertad ponga en riesgo la integridad de la víctima o de su familia y además sumó pautas de interpretación.

Los datos oficiales indican que hay menos presos preventivos en la provincia, en comparación con el año pasado: de 64 se pasó a 50. Lo que creció fue el número de condenados: de 336 a 423.

“No se puede esperar otra cosa. La reforma no tuvo ningún impacto. Por un lado a mí me parece que una cosa que sí se instaló mucho acá y que es lo que hay que cuidar es el plazo del proceso. Nosotros estamos terminando un caso en un año con revisión de Impugnación”, aseguró Leticia Lorenzo, coordinadora de la escuela de capacitación del poder Judicial.

Agregó: “La reforma no fue nociva porque baja algunos criterios para interpretar cuando hay peligro de fuga y de entorpecimiento que están en los libros. Tampoco es algo que un juez no conoce. Son esas cosas que pasan porque hay un caso, en el que se tomó una mala decisión o en el que se fundó mal un pedido y a partir de ahí se arma toda una alharaca”.

Afirmó que los acusados concurren a las audiencias aún cuando se encuentra en libertad. “Las rebeldías en general se dan en la formulación de cargos y tienen que ver con la forma de notificación, con que se consignó mal la dirección del imputado o que no se lo encontró en el domicilio”, mencionó.

La jueza de Garantías de Zapala, Carolina González, dijo que en su circunscripción aumentó la cantidad de preventivos. “Tuvimos tres presos preventivos tras la reforma, y desde 2014 hasta 2016 tuvimos tres en total, pero por muy poco tiempo. Yo el impacto lo sentí”, explicó.

Opinó que la reforma “fue en cuanto a su texto inocua. Debió ser inocua. En cuanto a su aplicación fue negativa por haber sido utilizada incorrectamente. Pero esta utilización incorrecta esta unida al texto”.

Añadió: “Ocurre que al quedar redactado así lo que hicieron los operadores jurídicos fue utilizarla como una presunción iuris tantum que quiere decir que es una presunción hasta tanto me pruebes lo contrario. Si el delito es grave yo presumo que vas a intentar fugarte excepto que el imputado o su defensor me den razones para no pensar así, y ese tipo de argumento viola la cuestión de la carga de la prueba. Esto es al revés, el imputado no tiene que demostrar que no se va a fugar, no obstante que el delito que se supone que cometió sea grave, el imputado cuenta con el estado jurídico de inocencia”.

Responsabilidad

El defensor Fernando Diez manifestó que habría que analizar la influencia que tienen los acuerdos de responsabilidad en la cantidad de condenados. Sobre la reforma marcó: “No he visto grandes diferencias. Me parece que los jueces en general han interpretado las nuevas normas en función de los criterios de la prisión preventiva que son el peligro de fuga y entorpecimiento. Lo que en algún momento dijo Florencia Martini (jueza), esto se puede reconducir todo a los peligros procesales”.

Para el fiscal jefe de Neuquén, Agustín García, “la reforma lo que hizo fue clarificar un poco más el alcance que iban a tener esos términos, pero que no dejaban de ser los que ya usábamos”. Señaló que un aspecto que sí se pudo cambiar y no se hizo fue el de juicio directo, previsto para los hechos flagrantes.

El juez del Tribunal de Impugnación, Alejandro Cabral, participó del debate en comisión.

“Creo que no modificó, no ha habido más prisiones preventivas que antes. Los jueces han hecho una correcta interpretación de cuál era el sentido de esa reforma que no era más ni menos que lo que decía anteriormente el Código. Esa es la realidad”, concluyó.

“Lo que se hizo fue dar indicadores, que si eso vos antes lo litigabas bien los usabas por más que no estuvieran escritos”.

Agustín García, fiscal jefe de Neuquén.

“El gran problema que tenemos es que nos dejamos llevar por la coyuntura y por lo que nos marca la coyuntura, nos obnubilamos”.

Leticia Lorenzo, coordinadora de la Escuela de Capacitación del Poder Judicial.

“La reforma, más allá de lo declamado, no ha generado grandes cambios en la interpretación de los requisitos para la prisión preventiva”.

Fernando Diez, defensor penal de Neuquén.

Distribución geográfica y plazos

“Tuvo un impacto la reforma, un impacto quizás tibio, pero definitivamente negativo como era de esperar por la redacción del texto”.

Carolina González, jueza de Garantías de la ciudad de Zapala.

“Si mirás las estadísticas no cambió absolutamente nada. Se legisló sobre pautas que ya estaban” .

Alejandro Cabral, juez del Tribunal de Impugnación del Poder Judicial.

Balance

Lo que se dijo en la

discusión legislativa

Raúl Godoy, PTS-FIT: “¿De qué defensa y qué protección a las víctimas estamos hablando? Porque yo no quiero discutir cuando ya el femicidio se produjo. Yo quiero discutir qué política preventiva y de seguridad a la víctima hay hoy“.

Nanci Parrilli, FpV: “No estamos resolviendo, no estamos dando una respuesta. Esto es un analgésico para quien tiene una enfermedad que, en realidad, lo que necesitaba era un antibiótico”.

Mario Pilatti, exjefe del bloque del MPN: “No decimos que con esto se terminó el problema de la inseguridad en nuestra Provincia. Ojalá, pero no somos vendedores de humo. Estamos diciendo que tuvimos acá un señalamiento, sobre todo de los otros Poderes del Estado: revisen esto y se hizo un trabajo con mucha dignidad, con mucha paciencia, con apertura, con transparencia”.

Eduardo Fuentes, Frente Neuquino: “Estamos avanzando sobre el cuidado a la víctima con un instituto que no es asistencial. Le estamos diciendo al juez subjetividades”.

Alejandro Vidal, UCR: “Ojalá no me equivoque, señor presidente, pero creo que esta modificación que estamos haciendo es como lo que yo denominé: una ventana sin vidrio. Una ventana sin vidrio da lo mismo porque abierta o cerrada, al no tener vidrio, es como sino estuviera la ventana. Y me parece que dentro de dos, de tres, de seis meses o un año vamos a estar debatiendo nuevamente este tema porque esta reforma que pretende fusionar a la doctrina procesalista con la sustancialista ha generado un engendro que –para mí– poco va a cambiar la cosa que se pretende cambiar”.

Gabriel Romero , Frente Renovador: “La ley tiene que ser igual para todos. No estamos hablando de ladrones de gallinas. Estamos hablando de que con esta modificación les estamos dando más elementos a los jueces para empezar a cerrar la puerta giratoria, fundamentalmente, para los asesinos y para aquellos que cometen hechos graves”.

Carolina Rambeaud, Pro: “Creo que estamos entrando en un terreno, abriendo la posibilidad, pocas veces vista, de que a una persona se la puede enviar a prisión porque estamos presumiendo que va a cometer un delito a futuro”.

Jesús Escobar, Libres del Sur: “Sinceramente, a mí me parece que con esta reforma, absolutamente innecesaria, se está tratando de ocultar otras ineficiencias que no corresponden a este texto.”

Datos

“Lo que se hizo fue dar indicadores, que si eso vos antes lo litigabas bien los usabas por más que no estuvieran escritos”.
“El gran problema que tenemos es que nos dejamos llevar por la coyuntura y por lo que nos marca la coyuntura, nos obnubilamos”.
“La reforma, más allá de lo declamado, no ha generado grandes cambios en la interpretación de los requisitos para la prisión preventiva”.
62%
de las personas a las que se les impuso prisión preventiva en 2017 estaba en Neuquén capital.
38%
de quienes sufrieron la medida de coerción privativa de la libertad se encontraba en el interior.
1
año es el plazo máximo de duración de la prisión preventiva que fija el Código.
“Tuvo un impacto la reforma, un impacto quizás tibio, pero definitivamente negativo como era de esperar por la redacción del texto”.
“Si mirás las estadísticas no cambió absolutamente nada. Se legisló sobre pautas que ya estaban” .

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