La médica forense no pudo declarar y absolvieron a un acusado de abusar de su hija
El tema está en la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, después de pasar por seis jueces. La querella alerta que puede pasar lo mismo con otros casos.
Una médica del Poder Judicial de Neuquén realizó un informe pericial gravitante para demostrar que una niña de corta edad había sido víctima de maniobras compatibles con abuso sexual. Pero enfermó de gravedad lo que le impidió presentarse a declarar en el juicio oral, realizado en marzo de este año. Su presencia era fundamental para ratificar el informe, y los jueces no aceptaron que la reemplazara la jefa del Cuerpo Médico Forense. El imputado, padre de la víctima, fue absuelto por el beneficio de la duda, sentencia ratificada en Impugnación. El caso está ahora en la sala penal del Tribunal Superior de Justicia.
«Ninguno de los jueces cumplió con su deber de revisar si la norma procesal provocaba una circunstancia injusta y su consecuente impunidad. Se quedaron en su zona de confort», denunció Javier Pino, abogado querellante que representa a la madre de la niña.
Agregó: «No juzgaron con perspectiva de género y niñez, siendo que estamos ante una mujer, en el caso una niña menor de cinco años, víctima de abuso sexual, renunciando a realizar el control convencional y constitucional de la norma legal».
Los jueces se aferraron al artículo 182 del Código Procesal Penal de Neuquén, que en una parte dice:
«La prueba que hubiese de servir de base a la sentencia deberá producirse en la audiencia de juicio, salvo excepciones expresamente previstas. Sólo podrán ser incorporados al juicio por su lectura las pruebas recibidas conforme a las reglas del anticipo jurisdiccional de prueba, sin perjuicio de que las partes o el tribunal exijan la reproducción cuando sea posible».
Juicio postergado
Esta historia comenzó en marzo de 2018 cuando la madre denunció que su hija, por entonces de menos de 3 años, habría sido abusada por el padre durante una visita en el marco del régimen de comunicación dispuesto por un juzgado de Familia.
Se hizo la formulación de cargos el 11 de febrero de 2019, y el control de acusación el 13 de septiembre del mismo año. El juicio oral debía comenzar el 16 de diciembre de 2019. Pero.
Se produjeron una serie de suspensiones por diversos motivos, llegó la pandemia con el aislamiento, y el juicio recién se pudo concretar a partir del 22 de febrero de 2021, es decir 14 meses después.
En marzo y en octubre de 2018, como se aprecia, antes de la formulación de cargos, se incorporaron dos informes decisivos para la acusación. Los confeccionó la médica Clara Robato.
La testigo fundamental
El primer día de juicio, el fiscal Andrés Azar y la querella institucional a cargo de Mónica Palomba informaron que se acababan de enterar de la grave enfermedad que padecía la perito Clara Robato, que le impedía declarar.
El querellante Pino propuso que declare en su lugar y presente los informes la Directora del Gabinete Médico Forense, Haydee Fariña, «debido a que pertenece a la misma estructura administrativa de Poder Judicial, con jerarquía superior a Robato».
El Tribunal, integrado por Lucas Yancarelli, Ana Malvido y Cristian Piana, no le hizo lugar.
Según informó el querellante Pino, el juez Yancarelli «hizo referencia a que se trataba de una cuestión novedosa, que no estaba diagramada en el código, pero que sí estaba diagramado la manera de incorporar la prueba documental al debate: la evidencia se incorpora con el testigo o perito que llevó a cabo la experticia». Lo que dice el artículo 182.
La ausencia de la doctora es «un imponderable del que no son responsables las partes ni el tribunal». Por unanimidad, los jueces y la jueza coincidieron con un planteo del defensor Gustavo Palmieri: «la única manera legal de incorporar la prueba al debate es con la misma persona que llevó adelante la actividad a los efectos de resguardar los derecho de defensa en juicio».
Por su parte el fiscal jefe Rómulo Patti y la querellante institucional Palomba manifestaron que el Tribunal de Impugnación, integrado por la jueza Florencia Martini y los jueves Daniel Varessio y Andrés Repetto, no fundamentó de manera suficiente «por qué no aceptaron que la jefa del Cuerpo Médico Forense, Haydée Fariña, incorporara el informe» ya que no pudo hacerlo su colega por razones de salud.
¿Un antecedente?
El querellante que representa a la familia, Javier Pino, alertó que «este es un antecedente sumamente grave para todas las víctimas. Si un perito se muere por covid-19, se queda ciego o simplemente sufre un accidente de tránsito que le imposibilita declarar, el caso quedará impune si se trata en la ciudad de Neuquén».
Por último expresó que el Tribunal Superior de Justicia, que debe resolver el caso, puede enviar dos mensajes a la sociedad: «El primero, que habrá justicia a través de un nuevo juicio, con la consecuencia para los legisladores de mejorar la norma neuquina. El segundo, será la impunidad».
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