La justicia no hizo lugar al pedido de amparo presentado por Miras Trabalón

La jueza Servini de Cubría no hizo lugar al amparo y la medida cautelar solicitada por la diputada electa. Ella ya presentó la apelación frente a la Cámara Electoral.

Ante la renuncia de Darío Martínez a su banca en la Cámara de Diputados de la Nación, para asumir como secretario de Energía, se desató una lucha por el lugar vacante. En medio de la disputa, Asunción Miras Trabalón, la segunda diputada en la lista que resultó electa, solicitó a la justicia Federal con Competencia Electoral una medida de «no innovar» para evitar que Guillermo Carnaghi, primer diputado suplente, prestara juramento como diputado nacional. Servini de Cubría le negó el amparo. Miras Trabalón ya presentó un apelación ante la Cámara Electoral.

Miras Trabalón pidió a la justicia una medida cautelar de no innovar para evitar que el Guillermo Carnaghi se quede con la banca que dejó Martínez. Fundó su pedido en la Constitución Nacional y la Ley de Paridad de Género. “Si los números están hoy en una balanza inclinada a favor de los varones, la aplicación literal del varón x varón la mantiene inclinada; todo lo contrario de la finalidad total del cuerpo normativo de la ley 27412 (de Paridad de Género), que siendo de ‘discriminación positiva’ tiene la atribución de derechos y de interpretación con un sentido de inclinación contraria a la balanza anterior”, indicó ella al presentar el pedido.

Lo cierto es que este lunes, la jueza Servini de Cubría no hizo lugar a los reclamos jurídicos presentados por Miras Trabalón. El fallo sostiene que el artículo del Código Electoral que legisla al respecto es claro sobre el hecho de que el reemplazo debe hacerse por otro candidato del mismo sexo. Es así que no se ahondó sobre el espíritu de la ley como lo solicitó Miras Trabalón.

También, la jueza consideró que el caso Crexell no es aplicable a esta situación. «Sentado ello, y siendo que el antecedente Jurisprudencial utsupra citado no resulta aplicable a la especie, y que la situación planteada se encuentra prevista en la Legislación vigente en la materia, la suscripta considera que no se encuentran reunidos los elementos necesarios como para habilitar la acción de amparo, planteo de inconstitucionalidad y medida cautelar interpuestas», señala el fallo.

Sin embargo, Miras Trabalón no se quedó de brazos cruzados, y tras conocerse el fallo de Servini de Cubría, presentó un amparo ante la Cámara Electoral. La última carta para lograr quedarse con la banca del flamante secretario de Energía de la Nación.


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