La jueza del «típico de machirulo» rechazó una recusación: «no prejuzgué»
Además defendió el acróstico que incluyó en una sentencia y la foto de perfil que usa en las redes sociales. Habrá una audiencia para definirá si interviene en un juicio oral o no.
La jueza de Garantías de Zapala, Leticia Lorenzo, rechazó la recusación en su contra que presentó el abogado particular Juan Coto. La magistrada, autora del acróstico “típico de machirulo” contenido en una sentencia, negó en un escrito que tenga prejuicios hacia la posición de la defensa en los casos donde se discuten ataques a la libertad sexual.
Además, defendió el acróstico y hasta su foto de perfil en las redes sociales, y dijo que «seguramente» no cumple con el estereotipo que se espera de un juez o jueza.
También el juez Mario Tommasi, otro de los recusados, rechazó el planteo de Coto, que es defensor de un acusado de violación. El juicio, próximo a comenzar, se realizará con un tribunal integrado por Lorenzo y Tommasi.
Además de citar tratados internacionales de rango constitucional para avalar su postura, la jueza Lorenzo respondió a la parte del escrito en la que Coto menciona el acróstico y la foto de perfil de whatsapp de la magistrada.
En ella se la ve con una remera con la leyenda #TipicoDeMachirulo, y los colores de apoyo al aborto legal y a la separación Iglesia-Estado.
“Mi foto de whatsapp no decide en los juicios. La jueza Lorenzo decide en los juicios«, señala la magistrada hablando de ella misma en tercera persona, «luego de profundas deliberaciones y en el marco de lo normado para cada caso en concreto”.
Lorenzo dice que si bien Coto, al que refiere en todo momento como «Sr. Defensor», «deja claro que el acróstico no es lo que motiva la recusación», de todos modos «llama la atención que le dedique una porción importante de su escrito al mismo, puesto que no lo está cuestionando ni sosteniendo como causal para la recusación. Algo similar ocurre con la precisa (y atinada) descripción que realiza de mi foto de whatsapp al iniciar su texto, detalle al que no logro verle ninguna finalidad concreta con relación a la recusación que plantea».
Prejuicios y límites
«Siguiendo con la línea de los prejuicios y los estereotipos, creo (como ciudadana, así como lo manifiesta el Sr. Defensor al extenderse en su opinión con relación al acróstico) que aquí también hay un punto para la reflexión en cuanto a los prejuicios y los estereotipos: afortunadamente las y los jueces técnicos tenemos un régimen procesal y unas determinadas normas que nos indican cuál es el alcance de nuestra labor y cuáles son los elementos que debemos considerar para decidir en una u otra forma; contamos con un expreso mandato en términos de valoración y fundamentación de nuestras decisiones que posibilitan a las parte saber las razones por las que estamos decidiendo en un sentido u otro y, eventualmente, impugnar nuestras decisiones. Estamos vedadas y vedados a decidir de acuerdo a lo que ‘creemos’ ‘pensamos’ o ‘quisiéramos que suceda’.
En ese sentido afirma: «Nuestro límite es la norma y ese es el marco en que debemos administrar nuestra labor. Es un punto que no sólo tengo claro sino que trato de respetar a cabalidad en mi práctica laboral».
Pero aclara la jueza que «ello no impide que pueda poner una foto en mi whatsapp con determinadas preferencias (separación de la iglesia y el estado; apoyo a la legalización del aborto; interpelación al machirulismo). Mi foto de whatsapp no decide en los juicios. La jueza Lorenzo decide en los juicios, luego de profundas deliberaciones y en el marco de lo normado para cada caso en concreto«.
"No cumplo estereotipos"
«Pretender que una foto o un acróstico sean determinantes para cuestionar mi accionar laboral me parece llevar un poco lejos del contexto esas situaciones particulares. Y, en alguna medida, implica reclamar un modelo de juez o jueza estereotipado con el que seguramente no cumplo. Ello no quiere decir que mi accionar esté parcializado».
Sobre los puntos de recusación, que se basan en declaraciones periodísticas de Lorenzo, responde que «en ninguna de las intervenciones que he realizado he dicho que la defensa técnica no puede explicitar aspectos (es un tanto abstracta la afirmación) en el marco de su teoría del caso. Sí he manifestado en todas las intervenciones que el trabajo con perspectiva de género, desde cualquier rol que se ocupe al interior de un proceso judicial, implica una obligación de evitar sesgos, estereotipos y prejuicios; y ello no por una mirada o posición personal sino por mandatos convencionales y constitucionales«:
Cita, en ese sentido, la Recomendación 33 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
La participación o no de Lorenzo y Tommasi en el juicio se definirá en una audiencia que por ahora no tiene fecha.
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