La equivalencia de los sueldos debe ser integral

Héctor Jorge Colás

El gobernador electo de Río Negro, Carlos Soria, adelantó a la prensa que durante su gestión reducirá en un treinta por ciento la planta de cargos políticos y equiparará los ingresos de los funcionarios del Poder Ejecutivo con los sueldos de los otros poderes del Estado provincial. La Constitución de Río Negro, en su artículo 49, fija claramente que “Por igual función corresponde igual remuneración”. Esta premisa viene siendo avasallada desde hace largo tiempo en la provincia. Por muchos años, Río Negro pudo mostrar un delicado equilibrio entre las remuneraciones de los funcionarios y empleados públicos de los tres poderes del Estado. A partir de 1983, esa equidad se fracturó y la irracionalidad pergeñada por la burocracia política estatal impuso un sistema salarial diferencial, irritante e inconstitucional en la administración pública provincial. Lo que Soria no aclara es si la equiparación que propone comprenderá solamente a los funcionarios del futuro Poder Ejecutivo, o si ese justo beneficio también alcanzará al resto de los trabajadores de la administración pública provincial. Es oportuno recordar que a partir de 1983, y aprovechando su hegemónico poder, los sucesivos gobiernos radicales aprobaron –a través de la Legislatura– leyes presupuestarias que fijaban remuneraciones distintas para funcionarios y empleados que cumplían idénticas funciones según el poder en el que se encontraran, lo que en los hechos generaba el surgimiento de servidores del Estado de primera, de segunda y de tercera categoría. La Constitución provincial tiene 23 años de vigencia. Pero ninguno de los titulares de los tres poderes del Estado, ni de los gremios estatales intentó poner en vigencia el artículo 48 de la carta magna provincial que, taxativamente, expresa: “La legislación tiende a establecer un estatuto único para la administración pública provincial, en base a los principios establecidos en esta Constitución, orientando a equiparar situaciones similares”. Los convencionales estaban legislando y reclamando a los futuros gobiernos de Río Negro un “estatuto único” para todos los trabajadores de los tres poderes del Estado provincial. Las condiciones de ingreso, el régimen de licencias y vacaciones, los deberes y derechos, el tratamiento de la disciplina, el horario, la carrera y los ascensos y promociones deben ser similares para los estatales de Río Negro. Falta este instrumento para terminar con irritantes desigualdades salariales y laborales. En el nuevo estatuto, cada Poder podría encasillar su grilla, escalafón o grado jerárquico teniendo como base un piso del salario mínimo establecido para la categoría inicial, que sería similar para los tres poderes del Estado. De la misma forma, la carrera administrativa se desarrollaría hasta llegar, después de muchos años de antigüedad y eficiencia, a la categoría máxima del escalafón, que tendría que tener también un techo remunerativo idéntico para las tres jurisdicciones del Estado provincial. Es inconcebible e injusto que un empleado de mesa de entradas, de archivo o de cualquier oficina del Poder Legislativo o Judicial tenga una remuneración superior a un empleado público que desarrolla la misma tarea en el Poder Ejecutivo provincial. Es un acto de estricta justicia que el gobernador y sus funcionarios tengan un ingreso similar al que recibe personal con cargos equivalentes en la Justicia o en la Legislatura. Pero también sería oportuno que el nuevo gobierno revisara la situación salarial injusta que se registra en la administración pública provincial. Si no es integral, “la jerarquización” anunciada por Soria estaría legalizando un privilegio para un minúsculo sector de la futura planta política de su gobierno. Lamentablemente, el mandatario electo estaría emulando al actual gobernador, Miguel Saiz, cuando promulgó la ley del 82% móvil para jueces y funcionarios del Poder Judicial. Esa norma inconstitucional marginó a los trabajadores públicos rionegrinos de un derecho establecido en la Constitución provincial. En su capítulo referido a los “Derechos del Trabajador“, señala que éste tendrá acceso a “la obtención de una jubilación justa, no menor del ochenta y dos por ciento del ingreso total del sueldo del trabajador activo, sujeto a aportes”. Los que reciben los sueldos más importantes del presupuesto provincial gozan de un derecho colectivo lamentablemente cercenado al resto de los trabajadores del Estado provincial. (*) Periodista. Viedma


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1750 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Exit mobile version