La Emergencia Frutícola vuelve a estar en la agenda del Gobierno Nacional
Esta siendo evaluada por las autoridades de Economía. Aseguran que el decreto podría salir en los próximos días. A partir de hoy comienza el plazo para acogerse a un plan de pagos por el stock de deuda que acumulan empresas y productores ante la AFIP.
La Federación de Productores de Río Negro y Neuquén se mantiene optimista con la posibilidad de que el Gobierno Nacional sancione la nueva Ley de Emergencia Frutícola.
“Estamos trabajando en línea con la Federación de Productores con una Ley de Emergencia que contemple a sectores que necesitan de la ayuda del Estado”, manifestó en diálogo con RÍO NEGRO el senador nacional Martín Doñate.
El legislador por la provincia de Río Negro aseguró que “el decreto está a la firma en el ministerio de Economía y esperamos que en pocos días más podamos contar con el anuncio”.
El universo de productores y empresas que están comprendidos en esta nueva versión sería similar a la de la Ley original que se cayó a fines de mayo.
Para ser contemplados en este nuevo régimen -el Gobierno Nacional está viendo como presentarla legalmente el decreto- se deben cumplir con los siguientes requisitos:
– Tener como actividad principal, aquella relativa a la cadena en cuestión, demostrando que haya generado más del 50% de los ingresos brutos totales o represente más del 50% de la nómina salarial de la empresa en el año fiscal 2016, sin considerar los empleados temporarios. Deberán acreditarlo mediante un certificado expedido por la autoridad provincial competente y por un informe emitido por un contador público independiente.
– Los ingresos brutos totales en el año calendario 2016 o ejercicio económico cerrado del mismo año, no deben superar los 7 millones de pesos.
– Que acredite, mediante certificación de la autoridad provincial competente, que ingresó en un plan de mejora de la competitividad que el Gobierno Provincial correspondiente desarrolle.
Los beneficios que otorgará este nuevo decreto contemplan la prórroga los vencimientos de las obligaciones de la seguridad social para las empresas con facturación menor a 7 millones de pesos entre 01 de junio de 2020 y 31 de diciembre de 2020, estableciendo planes de facilidades para su pago de hasta 90 cuotas mensuales al momento del nuevo vencimiento, el cual tendrá fecha posterior al 01 de enero de 2021.
Estamos trabajando en línea con la Federación de Productores con una Ley de Emergencia que contemple a sectores que necesitan de la ayuda del Estado»
Martín Doñate, senador nacional de Río Negro
Las empresas con facturación mayor a 7 millones de pesos comenzarán a pagar lo correspondiente a los vencimientos de seguridad social e impuestos a partir del 01 de junio de 2020. Se posterga también el vencimiento de la deuda acumulada por la Ley de Emergencia, y se definirá una fecha de vencimiento posterior al 01 de enero de 2021.
Desde el sector empresario aseguran que “no tenemos nada oficial, solo versiones”. Señalan que de lo que hoy hay certeza es que:
– La Ley cayó en mayo de este año.
– Productores y empresas en junio ya deben presentar ante AFIP los formularios 931 que contemplan los pagos de las Seguridad Social.
– A partir de hoy productores y empresas están habilitados -hasta fines de agosto- para incorporarse a un plan de pagos por los stocks de deuda acumulados ante la AFIP. Si no lo hacen comienzan a correr intereses del 3% mensual.
Datos clave
- $ 7
- son los millones de pesos que toma en cuenta la Ley para dividir los beneficios del pago ante la AFIP.
- 3.800
- son los millones de pesos que la actividad frutícola adeuda a la AFIP tras las sucesivas prórrogas de la Emergencia.
Comentarios