La Corte aceptó el «per saltum» y tratará el pedido de los jueces Bertuzzi, Bruglia y Castelli
La decisión fue tomada por unanimidad. Los magistrados rechazan la no renovación de sus traslados efectuados durante el anterior gobierno nacional.
Por unanimidad los integrantes de la Corte Suprema aceptaron el recurso de «per saltum» presentado por los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Germán Castelli, que cuestionan la decisión del Senado de no renovar los traslados que tuvieron durante la anterior gestión nacional. Ahora los magistrados del máximo tribunal tratarán la cuestión de fondo: si corresponde o no que regresen a los juzgados originales.
La decisión votada por la mayoría de los senadores fue interpretada como una ofensiva judicial de la vicepresidenta Cristina Fernández por tratarse de funcionarios judiciales que intervinieron en causas donde la expresidenta estuvo involucrada.
El máximo tribunal se había reunido desde las 11 en el marco de un «acuerdo extraordinario» convocado para analizar los pedidos de ‘per saltum’ presentados por los jueces Bertuzzi, Bruglia y Castelli, cuyos traslados irregulares fueron revocados por el Senado tras una resolución del Consejo de la Magistratura.
Mientras el máximo tribunal se abocaba al tratamiento de estos recursos, frente al Palacio de Tribunales se desarrollaba una vigilia para pedir a los miembros del tribunal que avalen esos traslados, dispuestos durante la gestión de Cambiemos.
La resolución llevó la firma de los ministros de la Corte Juan Maqueda, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien lo hizo con fundamentos propios.
La decisión tomada por la Corte incluye la notificación de las demandas al Estado Nacional para que responda en un plazo de 48 horas y la suspensión de las medidas que motivaron los recurso extraordinarios.
El máximo tribunal de la Nación consideró que la garantía constitucional de acceso a la justicia requiere que “la tutela jurisdiccional de los derechos en cuestión posea la virtualidad de resolver la cuestión sometida a su conocimiento mediante una respuesta judicial idónea, oportuna, efectiva y eficaz”.
La Corte recordó que “al momento de la interposición del remedio extraordinario per saltum ante este Tribunal, las partes habían hecho ejercicio’ de sus derechos” presentando sendos recursos contra las decisiones judiciales en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
En tal sentido, se refirió a que el trámite de esos recursos se demoró debido a la falta de definición en la cámara de ese fuero, lo que llevó a la designación de una camarista para que desempate una votación.
“Asimismo -destacó- es preciso reconocer que el planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales”.
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