Violación grupal de Palermo: condenaron a cuatro de los imputados y otros dos fueron absueltos
El ataque ocurrió en febrero de 2022 en el interior de un auto estacionado. Las penas más altas fueron solo de seis años de cárcel.
Hoy se conoció el veredicto en el juicio por violación grupal donde había seis jóvenes acusados de abusar sexualmente de una joven en el barrio porteño de Palermo. Cuatro de ellos fueron condenados mientras que los otros dos recibieron la absolución.
El caso ocurrió en el interior de un auto estacionado, en febrero de 2022 y la víctima tenía 21 años.
Las penas más altas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24 recayeron sobre Lautaro Dante Pasotti (25) y Ángel Pascual Ramos (24), y las más bajas en Thomas Fabián Domínguez (23) y Alexis Steven Cuzzoni (21); mientras que Ignacio Retondo (24) y Franco Jesús Lykan (24) quedaron absueltos.
Los jueces Gabriel Vega, Gustavo Valle y Domingo Altieri, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°14 de la Capital Federal, comunicaron la sentencia este viernes y dieron por terminado el juicio, que había arrancado en septiembre pasado. Lykan y Retondo recuperaron inmediatamente la libertad, mientras que los condenados volverán al penal donde están alojados, donde deberán cumplir la condena y esperar las respectivas apelaciones de sus abogados defensores. Los fundamentos del fallo se conocerán el 26 de febrero de 2024.
Los jueces condenaron a seis años de prisión a Ángel Pascual Ramos (la fiscalía había pedido 13) y a Lautaro Dante Ciongo Passotti (el fiscal Fernando María Klappenbach había solicitado 12) al considerarlos autores del delito de “abuso sexual con acceso carnal”. “Yo los conocía previamente, no abusé de nadie y no hubo un plan para abusar de nadie”, había declarado Ramos en la primera audiencia del debate oral. Evidentemente, las pruebas no respaldaron su testimonio.
Con respecto a Thomas Fabián Domínguez y Steven Alexis Cuzzoni, los jueces les fijaron una pena de un año de prisión a cada uno por el delito de “abuso sexual simple”. Aunque Retondo y Lykan fueron absueltos del delito de abuso, al segundo lo condenaron a seis meses de prisión al considerarlo responsable del delito de lesiones leves por haber golpeado a un testigo.
El Tribunal determinó que una vez que quede firme el fallo se remitirá al Banco Nacional de Datos Genéticos el perfil de ADN de los cuatro condenados obtenido en la investigación para incorporarlo, como dispone la ley, al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Además, durante la última jornada y antes de las últimas palabras de los acusados, las defensas sostuvieron su pedido de nulidad del alegato de la querella. La fiscalía había considerado que la exposición era nula. En su veredicto, el Tribunal, por mayoría, declaró la nulidad del alegato.
R., la joven que fue abusada por cuatro jóvenes arriba de un auto durante la mañana y la tarde del 28 de febrero de 2022, había declarado en la segunda audiencia del juicio y aseguró que no prestó consentimiento para tener relaciones sexuales con ninguno de ellos.
La víctima habló de manera presencial en los Tribunales de la calle Lavalle. Fue un testimonio de algo más de una hora y, como todo el juicio, a puertas cerradas, dado el carácter privado de los hechos. Lo hizo sin la presencia de los acusados, que fueron llevados a una sala contigua desde donde pudieron escuchar el testimonio de la mujer.
R. negó que haya prestado consentimiento a sus agresores sexuales. Dijo que no tiene orientación sexual como para estar con hombres. El fiscal del juicio, Fernando Klappenbach, le preguntó si ocasionalmente estaba con hombres y ella también lo negó. Fue una pregunta muy puntual en la que el representante del Ministerio Público intentó indagar si ocasionalmente podría estar con un hombre. La joven lo negó de manera categórica.
Con información de Infobae
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