Caso De Piano: la aseguradora deberá indemnizar a la familia de Claudia Segura

La aseguradora deberá indemnizar a la familia de la víctima, por incumplimiento de plazos.

La familia de Claudia Segura, quien murió en un accidente vial en Roca en enero de 2017, demandó al conductor Oscar De Piano y su aseguradora para obtener una indemnización integral. Inicialmente, la aseguradora fue eximida de pagar, pero la Cámara Civil de Apelaciones revirtió la decisión debido a la falta de notificación oportuna del rechazo de cobertura.

El accidente ocurrió el 17 de enero de 2017, en la avenida Viterbori, cerca del Paseo del Bicentenario en Roca. Claudia Segura, que se dirigía a trabajar en su moto, fue embestida desde atrás por el vehículo conducido por Oscar De Piano, quien manejaba con un nivel de alcoholemia de 1,96 gramos por litro de sangre. Este siniestro resultó en la muerte instantánea de Segura y llevó a De Piano a ser condenado en el fuero penal a cinco años y seis meses de prisión efectiva, además de una inhabilitación de diez años para conducir.

En el juicio civil, la Justicia de Río Negro, a través de la jueza Verónica Hernández, declaró a De Piano responsable del accidente y ordenó el pago de una indemnización a Claudio Canales, el viudo de Segura, y a sus tres hijos. El fallo también destacó la responsabilidad del conductor al manejar bajo los efectos del alcohol, lo que llevó a la exclusión de la aseguradora de cubrir el siniestro.

La aseguradora deberá indemnizar a la familia de la victima: la clave de los 30 días


El caso llegó a la Cámara Civil de Apelaciones tras la apelación de la familia de Segura. Argumentaron que la aseguradora había incumplido el procedimiento legal al no notificar su decisión dentro del plazo de 30 días establecido por la Ley de Seguros.

La aseguradora había solicitado una cantidad desproporcionada de información complementaria al conductor, quien estaba detenido y no podía proporcionarla. Además, la aseguradora alegó erróneamente que no recibió la información debido a un «secreto de sumario», cuando en realidad no se había decretado tal secreto.

La Cámara de Apelaciones falló a favor de la familia, determinando que la aseguradora debía indemnizar por su incumplimiento. La decisión se basó en que la aseguradora no presentó una justificación razonable para la demora en la notificación y no respetó el procedimiento legal para denegar la cobertura.

La Cámara concluyó que el rechazo de la cobertura, inicialmente aceptado en el fallo de primera instancia, no era válido debido a la falta de diligencia de la aseguradora.


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