Deberá pagar una cuota alimentaria mayor para compensar la ausencia en los cuidados de su hijo en Bariloche
Un fallo de la Cámara confirmó una sentencia previa de primera instancia basándose en que la “prestación alimentaria incluye las tareas de cuidado, la educación, el esparcimiento, la asistencia en salud que no solo requieren de dinero sino de tiempo y atención".
Un hombre que se fue a vivir a otra ciudad deberá aportar el 35% de sus ingresos como cuota alimentaria. Si bien apeló el fallo, la Cámara confirmó el porcentaje ya que las tareas de cuidado, que son obligaciones compartidas, recaen solo sobre la madre del niño.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios