Un fallo trascendente: el banco le va a tener que pagar por una estafa telefónica en Viedma

Una mujer de Viedma recibió un llamado desde una cárcel, se hicieron pasar por trabajadores de ANSES y la estafaron.

Todo comenzó cuando una mujer de Viedma recibió un llamado telefónico desde el penal «Bouwer» de la provincia de Córdoba y terminó cuando condenaron a el Banco Patagonia SA a pagar un préstamo, a través de un fallo, por daños y perjuicios.

Durante la pandemia, a la vecina de Viedma la llamó una persona desde el penal y le dijo ser trabajador de ANSES. Le explicó que le otorgarían el Ingreso Familiar de Emergencia pero debía dirigirse a un cajero automático.

Fue guiada para cambiar la clave de acceso al Home Banking y el estafador sacó un préstamo personal a nombre de la mujer y se transfirió inmediatamente los fondos a una cuenta bancaria de otro banco.

Un año después, en 2021, figuraba en el registro del Veraz como deudora del préstamo personal que tenía como acreedor al Banco Patagonia.


El banco le tendrá que pagar: cómo fueron los hechos


Cuando fue a reclamar al banco le explicaron que no era la primera vez que venía alguien a reclamar algo así, sin embargo no podían solucionarle el problema. Fue hasta la comisaría primera de Viedma y le abrieron un expediente de la causa.

Desde el banco la declararon única culpable de los sucedido y se negaron a cualquier resarcimiento, ya que lo explicaron como negligencia de parte de la mujer.

Cuando figuró como deudora, el banco manifestó que fue un error material de su parte, producto de la carga manual de los datos y que ya estaba solucionado el tema.

Sin embargo, según un informe de la Fiscalía De Instrucciones de Causas Complejas del Poder Judicial de Córdoba establece no era la primera vez, otras presentaciones de hechos de similares características.

También, eran perpetradas a través de la misma línea telefónica, todas vinculadas por celdas correspondientes al Establecimiento Penitenciario de Bouwer.


Cuál fue la resolución del fallo


Una pericia dio cuenta que en el momento del hecho las medidas de seguridad no permitían constatar fehacientemente la identidad de la persona que efectuaba la operación.

Es por eso que un fallo expuesto por un Juez ordenó al banco resarcir a la clienta, poniendo el acento en las cuestiones de seguridad que regían en aquel momento.

El juez civil de Viedma, tras analizar la prueba documental y los testimonios, concluyó que no fue ella quién operó el Home Banking sino terceras personas. Indicó que, esa conclusión pone directamente ante un escenario que califica la ausencia de voluntad.

Es por eso que resolvió hacer lugar a la demanda por Daños y Perjuicios, declarar la nulidad del préstamo y condenar al Banco Patagonia SA a pagar: 676 mil pesos por daño moral y un millón y medio más por daño punitivo.


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