Un chofer de colectivo discriminó a una pasajera con discapacidad y será multado: así fue el fallo en Cipolletti
Se trata de un chofer de la empresa Ko Ko. ¿Cuánto deberá pagar de multa?
Un chofe de la línea interurbana de colectivos en Cipolletti fue condena por cometer actos discriminatorios contra una persona con discapacidad. Ahora, deberá pagar una gran multa al hospital local. Así fue el fallo judicial.
Según detallaron desde la Justicia, los hechos ocurrieron en julio del 2023. Una madre y su hija abordaron el colectivo de la empresa Ko Ko y el chofer les exigió de manera despectiva el CUD, el documento nacional de identidad y la partida de nacimiento. Las denunciantes relataron que esta situación se repitió en varias ocasiones.
El caso tramitó como una contravención y como primera medida, la jueza dictó una cautelar para hacer cesar los actos de violencia. Después el expediente continuó su proceso. Fue uno de los primeros juicios contravencionales desde la vigencia del nuevo código, en 2022.
«El chofer imputado estuvo representado por una abogada particular y la denunciante por la defensa pública civil de Cipolletti. En el juicio se produjo prueba y se presentaron testigos», dijo la Justicia.
La defensa negó las acusaciones alegando que «solo cumplía con las normas de la empresa y que no recordaba haber tenido ningún altercado personal con las denunciantes». Esto fue contradicho por los testimonios de otros pasajeros confirmaron el comportamiento inapropiado y discriminatorio del chofer, aunque no la solicitud reiterada de documentación conforme la denuncia.
Finalmente, el fallo destacó la obligación de los Estados de adoptar «medidas para asegurar el acceso al transporte en igualdad de condiciones para las personas con discapacidad».
Además, la jueza subrayó la importancia de respetar y fomentar la igualdad entre los ciudadanos, especialmente en el acceso a servicios públicos como el transporte.
Un chofer de colectivo discriminó a un pasajero con discapacidad y será multado: ¿Cuánto pagará?
El chofer del colectivo deberá pagar una multa de 100 UM ($117.157) por la contravención prevista en el artículo 40 que «reprocha los actos de discriminación». De igual manera se le aplicó la agravante del artículo 41 inciso d) al comprobarse que «el acto discriminatorio tuvo como víctima a una persona con discapacidad».
El dinero de la multa deberá ser depositado por el chofer a la cuenta de la Asociación Cooperadora Hospital Pedro Moguillansky.
En el mismo fallo se absolvió por la contravención de agresiones en la vía pública al chofer, ya que no se encontró prueba suficiente de una agresión física. Esta sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.
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