Tardó 40 años en tener su propio nombre: por la guerra de Malvinas se lo habían prohibido en Cipolletti

En ese momento, la ley prohibía los nombres extranjeros. El conflicto acentuó la aplicación de esa norma.

Se formularon los cargos a dos de los responsables del robo a un comercio de Cipolletti. Foto: archivo

El 15 de abril de 1982, en plena guerra de Malvinas, las autoridades del Registro Civil de Cipolletti no le permitieron a una madre registrar a su hija con un nombre de origen inglés. Cuarenta años después, un fallo del fuero de Familia aceptó la modificación.

Cuando la mamá decidió el nombre les dijeron que no estaba permitido en Argentina. En ese momento tenía vigencia la ley 18.248 que prohibía los nombres extranjeros, solo exceptuando las castellanizaciones. La mujer relató que en ese momento le dieron un pocos minutos para elegir otro nombre y que, como no tenía pensado y la apuraron, optó por el nombre de su hermana.

Más de cuarenta años después, la hija pidió que se eliminara el nombre de su tía y que se inscribiera en su lugar el nombre de origen inglés. Aportó evidencia que sirvió para probar que, pese a la prohibición de ese momento, ella es conocida por su entorno familiar, laboral y social desde su infancia por su nombre inglés.

Durante el proceso judicial, se presentaron diversos testimonios y pruebas documentales que respaldaron la petición. La madre de la mujer que pedía el reconocimiento, amigos, compañeros de trabajo y otros testigos confirmaron que ella es conocida con el nombre inglés desde temprana edad. Además, se incluyó un informe psicológico que detalla el impacto negativo que generaba en la solicitante el uso de un nombre con el que no se identifica.


Tardó 40 años en que le reconozcan su nombre: qué resolvió la Justicia


La jueza de Familia de Cipolletti concluyó que existían justos motivos para autorizar el cambio de nombre. Esto de acuerdo con lo estipulado en el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación. Se destacó la importancia del derecho a la identidad y la autonomía personal en la decisión.

Por lo tanto, se ordenó la rectificación del nombre en la partida de nacimiento de la solicitante y en la de su hija. Se instruyó al Registro Civil de la provincia de Río Negro a realizar las modificaciones necesarias. Además, se dispuso la emisión de un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) con el nombre corregido.


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