Subcomisario de Cipolletti besó sin consentimiento a una mujer policía y lo condenaron a tres años de prisión en suspenso

Lo condenaron por abuso sexual simple y lo inhabilitaron de manera perpetua para ejercer cargos en la fuerza."La mujer estaba en una situación de vulnerabilidad", dijo uno de los jueces porque regresaba de una licencia tras tener familia.

Desde el Ministerio Público Fiscal sostuvieron durante el juicio que el subcomisario besó sin autorización a una mujer policía en la sede del Cuerpo de Seguridad Vial en Cipolletti. foto; archivo.

El subcomisario Gabriel Martín Pino fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el delito de abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por personal que pertenece a la Policía de Río Negro. También lo inhabilitaron de manera perpetua para ejercer cargos dentro de la fuerza.

La declaración de responsabilidad de los jueces Guillermo Baquero Lazcano, María Florencia Caruso Martín y Marcelo Gómez se dio a con a conocer el mes pasado y luego se llevó adelante el juicio de cesura donde los magistrados decidieron establecer la pena de ejecución condicional y la medida que le impide al subcomisario regresar a prestar servicios.

Los hechos, según habían explicado desde el Ministerio Público Fiscal, ocurrieron en la ciudad de Cipolletti el 15 de junio de 2021 entre las 8:30 y 10 de la mañana cuando una empleada policial se encontraba cumpliendo funciones de jefe de guardia en el Destacamento del Cuerpo de Seguridad Vial que está ubicado sobre la Ruta Nacional 22, en el puente que une las ciudades de Cipolletti y Neuquén.

La mujer ingresó a la oficina de Pino para informarle las novedades, apoyó el parte diario en un escritorio y allí «aprovechándose de su superioridad jerárquica» la tomó de la mano y la empujó hacia él para darle un beso en la boca sin que la víctima haya consentido ese acto.

Intentó continuar con su tarea pero el subcomisario la tomó de la mano y la llevó hasta atrás de la puerta y, nuevamente, comenzó a besarla en la boca mientras que la víctima intentaba sacárselo de encima al menos en dos oportunidades.

La calificación que le imputó al fiscalía fue la de «abuso sexual simple, agravado por ser cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales en ocasión de sus funciones, de conformidad con los arts. 45 y 119 1er y 4to párrafo, inc. e) mismo artículo 119 del Código Penal, en contexto de violencia de género».

En su alegato de clausura, el abogado defensor Federico Dalsasso manifestó que la Fiscalía no pudo probar en el juicio los hechos que le reprocha a Pino. Además de los testigos, durante las audiencias también el imputado brindó una declaración y negó la acusación. Aseguró que en los 20 años de servicio nunca tuvo una denuncia de estas características y que justamente su oficina estaba armada para que siempre hubiera gente observando el interior.

Pino, que sólo respondió preguntas de su defensor, dijo que cuando se hizo cargo de la unidad notó irregularidades, que se usaban móviles para temas particulares y que fue muy estricto con esto por lo que dio directivas con respecto al tema. Por eso prohibió que los vehículos salga da la jurisdicción y de esa manera intentó sembrar la sospecha de que esta denuncia tenía que ver con su accionar.


«En estado de vulnerabilidad»


Para el juez Baquero Lezcano la acción de Pino estuvo probada porque esa mañana cuando se produjo la primera acción los dos estaban parados frente a frente y por la guardia ingresó otra policía que declaró durante el juicio y que observó la situación y le resultó «extraña». A ello siguió la segunda acción del subcomisario lo que generó el bloqueo de la víctima y su posterior salida de la oficina.

«Pongo de relieve que la víctima quedó paralizada, atemorizada sin saber qué hacer ante lo que le había sucedido. Era en ese entonces una mujer joven, de 20 años de edad, hacía pocos meses que se había reintegrado a sus funciones tras haber sido mamá por primera vez. Estaba en una especial situación de vulnerabilidad por lo anterior, más la separación de su pareja el mismo día que nació su hija, los problemas de salud de su bebé a lo que sumó el hecho que sufrió y motivó este juicio», sostuvo en el fallo.


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