Su papá del corazón deberá pagar la cuota alimentaria: detalles del fallo de Familia en Cipolletti

La niña llegó a su vida cuando tenía sólo 18 días de vida. El hombre la crió por más de una década y fue reconocido como "padre solidario" por un juez, ahora deberá abonar la cuota alimentaria.

El fallo surge del fuero de Familia. Foto: Archivo.

Un hombre de Cipolletti deberá pagar una cuota alimentaria de la niña que crió pese a que no comparten un vínculo biológico. La sentencia de Cipolletti tomó el concepto de «socioafectividad» como un elemento rupturista del paradigma biologista del derecho de familia. El hombre ejerció como figura paterna durante más de una década.

La historia detras del fallo que reconoció la figura de «padre solidario» comenzó cuando la niña tenia 18 dias de vida. La bebé llegó a la casa de una hermana de su mamá, donde no solo recibió un hogar, sino cariño y contención. Fue criada por su tía y por la pareja de esa mujer, que en los hechos cumplió el rol de «papá del corazón».

Tiempo después de la llegada de la niña, su madre biológica falleció y sin filiación paterna conocida, se quedó a vivir definitivamente con sus tíos. Cuando la niña cumplió 11 años, la convivencia se interrumpió y el tío abandonó la casa. En ese momento, el hombre también se desentendió de la economía familiar.

En la presentación que hizo la mujer, aseguró que ella contaba con un trabajo de cuatro horas y que el resto del día realizaba actividades informales, como la venta de viandas. Sostuvo que le costaba muchísimo afrontar los gastos de la criatura. Ante esas circunstancias, le pidió a su expareja que la ayudara con dinero.

En los hechos, el hombre no mantiene ningún vínculo biológico con la niña, ya que es sobrina de quien había sido su pareja, pero de todos modos, el fallo del fuero de Familia de Cipolletti utilizó como elemento la diversidad de familias y la aceptación de las familias diversas bajo el concepto de «socioafectividad».

Según la sentencia el hombre había demostrado a lo largo de más de una década una conducta jurídicamente relevante, contribuyendo al sostenimiento económico del hogar y asumiendo un rol fundamental en la crianza de la niña. «El concepto de «socioafectividad» se erige como una noción que trasciende las limitaciones legales tradicionales, reconociendo el valor del afecto y el compromiso en las relaciones de crianza» explicaron desde el fuero de la familia de Cipolletti.

El fallo resaltó que la separación de la pareja no debería eximir al hombre de su responsabilidad financiera hacia la niña, ya que había establecido un lazo sólido y duradero con ella. La figura del «padre solidario» se consolida como una expresión del compromiso voluntario y emocional que trasciende las circunstancias externas.

Así, se fijó una cuota alimentaria equivalente al 20% de un salario mínimo, vital y móvil hasta que la niña cumpla los veintiún años. La defensa pública de Cipolletti asistió gratuitamente tanto a la parte que reclamó como al demandado.

La sentencia aún no está firme porque puede ser apelado, destacó que esta noción contrasta con la visión biologicista arraigada en el sistema normativo previo. En consecuencia, la consanguinidad, la afinidad y la adopción ya no son las únicas fuentes creadoras de vínculos legales; en cambio, los vínculos de afecto y cuidado, independientes de los lazos biológicos, también forman la base sólida para establecer relaciones familiares arraigadas en derechos y obligaciones.


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