Su padre la reconoció solo para cobrar salario familiar: finalmente se quitó su apellido, en San Antonio
Después de 40 años, la mujer pudo cambiarse el apellido.
Una mujer de San Antonio pidió cambiar su apellido porque el hombre que figuraba como su padre solo lo hizo para recibir beneficios laborales en 1981. Años después, descubrió que él no era su padre biológico y solicitó cambiarse el apellido.
Según la demanda, el hombre en cuestión solo había reconocido su paternidad en 1981 con el fin de percibir beneficios laborales por salario familiar, sin un vínculo real con la mujer.
La historia comenzó hace más de 40 años cuando la madre de la mujer, en ese momento pareja del hombre, acordó que este lo reconociera como su hija para obtener una ventaja económica. A pesar de esta formalidad, el hombre no mantuvo relación alguna con la niña después de la separación de la madre en 2004 y fue en 1993 cuando la mujer descubrió que no era su padre biológico.
La mujer, ahora adulta, decidió enmendar su identidad legal y presentó una solicitud en el Juzgado Multifueros de San Antonio para portar únicamente el apellido de su madre. El hombre, notificado del pedido, reconoció la exactitud de los hechos y no se opuso a la solicitud.
Su padre la reconoció solo para cobrar salario familiar: la jueza consideró el deseo de la mujer
El expediente judicial incluye una pericia del Laboratorio Regional de Genética Forense, que confirma la falta de vínculo biológico entre el hombre y la mujer. La jueza del caso destacó que, conforme al Art. 579 del Código Civil y Comercial (CCyC), las pruebas genéticas son válidas en casos de filiación y pueden ser requeridas de oficio o por parte.
En ausencia de prueba directa, los estudios genéticos pueden realizarse con material de parientes hasta el segundo grado, priorizando a los más cercanos. La jueza enfatizó que el objetivo de la presentación era corregir la filiación extramatrimonial basada en el reconocimiento formal, que no coincidía con la realidad biológica.
Subrayó que el examen genético proporcionó una certeza innegable sobre la ausencia de relación biológica, lo que justifica el cambio en la filiación para garantizar el derecho a la identidad de la mujer.
Finalmente, la jueza consideró el deseo de la mujer de llevar el apellido materno, con el cual se identifica desde su infancia, y que refleja su verdadera identidad.
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