Juzgados de Familia de Neuquén buscarán ponerse al día durante la feria de enero
Tienen previsto realizar audiencias con 285 testigos. Ofrecerán a las y los abogados que intervienen en cada caso la posibilidad de asistir o enviar las preguntas por escrito.
La Oficina Judicial (Ofiju) del fuero de Familia de Neuquén capital realizará una experiencia piloto durante la segunda quincena de enero para desagotar la agenda y ponerse al día con los expedientes: programará audiencias con 285 testigos, a las que podrán asistir en forma presencial o no los abogados y abogadas que intervienen en las respectivas causas.
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María Dolores Franco, titular de la Ofiju del fuero de Familia creada en marzo de este año, explicó a Río Negro que «el presentismo de los testigos en las audiencias es del 60% o 70% en el mejor de los casos. Eso nos incide en la agenda, porque implica que el 40% o 30% del tiempo está desaprovechado».
De acuerdo con un relevamiento, en septiembre hubo 283 audiencias conciliatorias con un porcentaje de asistencia del 78,09%; y 400 audiencias testimoniales con un porcentaje de asistencia del 53,25%.
En octubre, para cada tipo de audiencia los porcentajes de asistencia fueron del 76,62% y 64,82% respectivamente.
Responsabilidades compartidas
La funcionaria judicial explicó que su oficina fija la fecha de la audiencia y se la comunica al abogado, quien debe confeccionar la cédula de notificación para el o la testigo.
Esa cédula llega a la Oficina de Notificaciones del Poder Judicial, que se encarga de citar al testigo. «La responsabilidad de que se presente a la audiencia es del abogado», aclaró Franco.
Cada testigo que no se presenta es tiempo ocioso y recursos perdidos, y así la agenda se va congestionando. Ya en octubre empezaron a ocupar el calendario de febrero del 2023. Por eso presentó ante el Tribunal Superior de Justicia esta experiencia piloto: durante la segunda quincena de enero, sin necesidad de habilitar la feria, se dispondrán 95 horas de trabajo para tomar 285 testimoniales.
Oficial audiencista
Las declaraciones son videofilmadas y no las toma un juez o una jueza, sino un funcionario judicial de una nueva categoría creada también este año: el oficial audiencista. Se ocupa de aquellas tareas que la magistrada puede delegar.
Además de tomar testimonios, realiza conciliaciones. «Dan buenos resultados, hay altos índices de acuerdos que pueden ser de tres clases: total, parcial o provisorio», dijo Franco.
El mayor volumen de causas, y las más urgentes, son para fijar cuota alimentaria. «De cada dos expedientes por alimentos, hay uno de otra naturaleza, por ejemplo régimen de comunicación».
Respecto de las habituales quejas por las demoras en la resolución de los casos, la directora de la Ofiju de Familia indicó que «lo que lleva más tiempo es la producción de prueba, y muchas veces se ofrece prueba innecesaria». El ausentismo a las audiencias también conspira contra la agilidad de los trámites.
«No quieren la presencialidad»
Por su parte el vocal del Tribunal Superior de Justicia, Germán Busamia, indicó que «hicimos lugar a esta experiencia piloto, y a los abogados se les comunicará con tiempo para que decidan si quieren estar presentes en las audiencias, o seguirlas por Zoom, o enviar un pliego de preguntas».
Añadió que «desde la pandemia, los profesionales se desacostumbraron a ir a los edificios judiciales, hacen todo el trabajo virtual. La verdad es que no quieren volver a la presencialidad, y muchas veces no se presentan a las audiencias de prueba. Dejan que la jueza conduzca la causa hasta la sentencia«.
Aval del Tribunal Superior
En el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia 6194 se señaló que «no se observan obstáculos de índole procesal para avanzar con la propuesta de trabajo generada por la Oficina Judicial del Fuero de Familia, para el agendamiento de audiencias de prueba en los términos requeridos y con los recaudos establecidos por el organismo solicitante en el contexto de excepcionalidad y con la expresa finalidad que la motiva, debiendo la Oficina Judicial Familia y el Colegio de Jueces definir en conjunto lo pertinente para concretar el agendamiento propuesto y posterior realización de las audiencias».
Dispone que «la Oficina Judicial del Fuero de Familia y el Colegio de Jueces de Familia de la I Circunscripción Judicial deberán definir en conjunto lo pertinente para concretar el agendamiento y efectiva realización de las audiencias que se programen, siempre que medie conformidad expresa de los letrados actuantes en cada expediente y disponibilidad de los testigos a convocar».
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