Confirman condenas a prisión efectiva a cinco acusados por abigeato y crueldad animal en Roca

El Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) rechazó los recursos presentados por los defensores y confirmó la sentencia que les impuso penas de entre 4 y 6 años de cárcel. "El problema del abigeato se ha venido transformando en un fenómeno delictivo bastante complejo", advirtieron los jueces.

La madrugada del 22 de octubre del 2022, personal de la Brigada Rural y de Tránsito de la Policía de Río Negro interceptó una camioneta Chevrolet S10, con cinco hombres en su interior, en la Ruta Provincial 6, a unos 40 kilómetros de Roca. En la caja del automotor transportaban dos yeguas que habían faenando clandestinamente. Los animales habían sido ejecutados de un tiro efectuado con un arma de guerra. Los equinos pertenecían a un establecimiento privado, ubicado en esa zona.

Los cinco fueron condenados a penas de prisión efectiva por abigeato agravado. A tres de los imputados se les atribuyó además el delito de crueldad animal porque mataron con disparos de arma de fuego de guerra a una yegua que estaba preñada y la otra hacía poco tiempo que había parido. Ejecutaron a los animales la tarde del 21 de octubre del 2022 y los faenaron para trasladarlos después en la madrugada.

“En los últimos años el problema del abigeato se ha venido transformando en un fenómeno delictivo bastante complejo que progresivamente fue evolucionando», advirtieron los jueces del TIP en la resolución que dictaron el 16 de septiembre pasado.

Los defensores de los cinco condenados impugnaron la sentencia del tribunal de juicio de Roca, que los había condenado el 3 de junio pasado. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) rechazó los recursos de las defensas y confirmó la sentencia que condenó a Nicolás Sebastián Arbeloa, Sergio Daniel y Franco Carlos López como coautores de abigeato triplemente agravado, en concurso ideal con crueldad animal, a 6 años de prisión efectiva.

También les impusieron 12 años de inhabilitación especial para dedicarse a la faena y comercialización de ganado o de productos o subproductos de origen animal.

El TIP ratificó además la condena contra Sebastián Enzo Benítez de cuatro años y 6 meses de prisión por abigeato doblemente agravado e inhabilitación especial por 9 años para dedicarse a la comercialización de ganado o de productos o subproductos de origen animal y la pena de 4 años de prisión a Alexis Adrián Tripailao por abigeato agravado.

El defensor de Flores, Arbeloa y Benitez objetó la calificación jurídica. A su criterio, no se trató de un delito consumado sino de una tentativa de abigeato agravado. Por eso, pidió al TIP modificar la sentencia. Además, consideró que las penas eran muy altas. Los defensores de los otros acusados hicieron planteos similares. La fiscalía y la querella pidieron al TIP rechazar las impugnaciones.


El abigeto un fenómeno delictivo que fue evolucionando


Los jueces Carlos Mussi y Miguel Cardella rechazaron los planteos y aseguraron que la sentencia impugnada está debidamente fundamentada. El tercer integrante del TIP Adrián Fernando Zimmermann se abstuvo ante la coincidencia de sus pares.

“En los últimos años el problema del abigeato se ha venido transformando en un fenómeno delictivo bastante complejo que progresivamente fue evolucionando desde el simple hecho perpetrado con fines de consumo, pasando a modalidades de mucha mayor violencia en las que se incluyen asaltos a vehículos y establecimientos rurales perpetrados por bandas que actúan con inteligencia previa y que finaliza en la organización e una verdadera industria clandestina que faena y comercializa el ganado de procedencia ilícita”, advirtieron.

«Frente a este grave panorama, las normas penales existentes se han mostrado incapaces para reprimir con energía este nuevo tipo de delincuencia, pero en este caso, la acusación ha logrado superar sin escollos los esforzados planteos defensistas que no logran mellar una sentencia razonada y fundada en los resultados de las pruebas llevada a un debate válido que debe ser confirmado«, sostuvo Mussi, con la adhesión de Cardella.

«Por ello, corresponde rechazar los recursos de impugnación de las defensas y confirmar la sentencia de fecha 3 de junio de 2024, del Tribunal de Juicio» de Roca, resolvieron. De todos modos, la sentencia aún no está firme y los imputados siguen en libertad.


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