Revés para ATEN en Neuquén: la fiscalía rechazó el pedido por el presentismo

El sindicato había presentado una acción de inconstitucionalidad contra la ley. Gerez la declaró inadmisible.

La conducción del sindicato docente ATEN planteó la inconstitucionalidad de la ley de presentismo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Hoy el fiscal general, José Gerez, declaró inadmisible la acción. Dijo que el gremio “no menciona ni demuestra cómo la ley agravia la Constitución”.

El conflicto se originó con la sanción del presentismo, en junio pasado, previo a las vacaciones de invierno. Un proyecto que presentó el MPN, pero que contó con el aval del oficialismo. El sindicato cuestionó el veloz tratamiento que tuvo en la Legislatura y las condiciones en que se sostiene este «plus», que pretende combatir el ausentismo.

Consiste en el pago del 15% de la asignación del cargo u horas cátedra mensual, a docentes cuyas inasistencias no superen las tres trimestrales, con un límite de dos mensuales, debidamente justificadas y encuadradas en el régimen de licencias.

Esta semana es la séptima de paro en la provincia. Ante la baja adhesión a la huelga, en parte por los descuentos masivos, la conducción consideró que un camino posible era la judicialización.

Cuando ingresa una acción de este tipo lo primero que se discute es si es admisible o no. La fiscalía debe emitir dictamen.

En este caso Gerez afirmó que la presentación «carece de fundamentación respecto al modo en que la Ley 3447 afecta derechos establecidos en la Constitución Provincial» y fue presentado «en forma extemporánea a los plazos que se prevén para este tipo de acciones», ya que fue publicada el 28 de junio y la acción se presentó el 30 de agosto pasado.

Puntualizó que la ley no avanza sobre el derecho a huelga. “En un solo párrafo (de la acción de ATEN) se enuncia que el adicional tiene por objetivo que los docentes no adhieran a medidas de acción gremial que impliquen no asistencia a su lugar de trabajo”, mencionó Gerez.

Y agregó: “Ahora bien, el derecho a huelga se encuentra reconocido en el artículo 39 de la Constitución Provincial, que ni siquiera menciona la parte actora. Se establece que “los trabajadores no podrán ser perseguidos ni arrestados por sus actividades sindicales, las que serán reguladas por el fuero laboral a legislar”.

La norma , remarcó, “no restringe ni limita el derecho a huelga; crea el Adicional al Desarrollo Profesional Docente, con destino al personal del escalafón docente que preste funciones efectivas impartiendo, dirigiendo, supervisando, orientando y colaborando en las tareas de enseñanza dentro del sistema educativo provincial”.

La opinión de Gerez no es vinculante. El TSJ ahora deberá expedirse sobre el tema.

Hoy se están desarrollando las asambleas de ATEN. En Capital ganó la moción para llevar la protesta al puente carretero que une las ciudades de Neuquén y Cipolletti.

En un comunicado la conducción provincial «lamentó» que el fiscal «no haya leído atentamente la presentación realizada». «Está sobradamente desarrollado en la presentación las afectaciones a derechos laborales», indicaron los representantes gremiales.


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