Prisión perpetua para Amanda por el homicidio de Eduarda Santos en Bariloche

En la audiencia de cesura, el juez Juan Martín Arroyo no hizo lugar al pedido de inconstitucionalidad de la prisión perpetua que efectuó el abogado defensor.

Amanda Alves Ferreira escuchó el veredicto del juez Juan Martín Arroyo. Foto: Chino Leiva

El juez Juan Martín Arroyo condenó a Amanda Alves Ferreira a prisión perpetua por el homicidio de Eduarda Santos de Oliveira, que ocurrió la madrugada del 16 de febrero del año pasado en la zona de Circuito Chico en Bariloche.

El 30 de junio pasado, los doce jurados populares concluyeron que Alves Ferreira era autora del homicidio agravado por el uso de arma de fuego y cometido con alevosía. Por otro lado, consideraron que no se demostró la teoría de un femicidio.

Al comienzo de la audiencia de cesura que se llevó a cabo este jueves y se extendió por más de tres horas, el abogado defensor Nelson Vigueras solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua. Consideró que la culpabilidad de Amanda se vio reducida porque «al momento del hecho se acreditó una actitud persecutoria».

“La doctora Verónica Martínez (psiquiatra) dijo que tenía ideas paranoides. Un perfil paranoide acentuado. Tenía su condición mental alterada. Por eso, la pena de prisión perpetua es una pena cruel, inhumana y degradante. La finalidad de una pena es la reinserción social, la readaptación social”, argumentó Vigueras.

Los fiscales Gerardo Miranda y Martín Lozada. Foto: Chino Leiva

A su turno, el fiscal Jefe Martín Lozada esbozó los argumentos por los cuales el pedido de la defensa debía ser rechazado. “El dolo amerita que la única pena posible sea la prisión perpetua. Además, la prisión perpetua no es verdaderamente perpetua porque no es vitalicia y permite acceso a libertad condicional. No es ni cruel ni inhumana”, respondió Lozada.

El fiscal Gerardo Miranda se refirió a la declaración de la médica psiquiatra Martínez y subrayó que jamás se habló de “una imputabilidad disminuida”. “La psiquiatra terminantemente dijo que no había ninguna afectación o pérdida de la realidad”, advirtió.

Después de un cuarto intermedio que se extendió por casi una hora, el juez no hizo lugar al pedido de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua. “Los informes de los profesionales hablan de la posibilidad de que las ideas paranoides hayan condicionado su accionar. Hay una línea muy delgada entre imputabilidad disminuida y la posibilidad de que las ideas paranoides pudieran condicionar el accionar. Esto ya fue materia de decisión por parte del jurado y no podemos ingresar en aspectos sobre los que el jurado ya se pronunció”, concluyó el magistrado.

Foto: Chino Leiva

Y agregó: “También se dice que Alves pudo actuar condicionada. Que era la vida de una u otra. Esto pierde sustento cuando estamos en presencia de un homicidio alevoso. Además, la prisión perpetua no es perpetua en el sentido estricto”.

Al término de la audiencia, Vigueras aseguró que impugnará la decisión. En tanto, los fiscales pidieron una prórroga de la prisión preventiva de Alves Ferreira hasta que la condena quede firme. Esto fue ratificado por el juez.

Está vigente el peligro de fuga de Amanda por la falta de arraigo en esta ciudad. Acaba de ser condenada a prisión perpetua. Esta circunstancia juega negativamente ya que tiene seguridad jurídica de lo que le espera», manifestó Miranda.


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