Pretendían cobrarle más por un crédito a una jubilada de Roca y ahora será indemnizada
La sentencia contra una empresa financiera de la ciudad fue establecida por el Juzgado Civil N° 3. También deberán pagar por el daño moral producido contra la vecina.
Una jubilada de la ciudad será indemnizada con más de 2 millones de pesos, luego de que una empresa financiera pretendiera cobrarle sumas «irrisorias» para saldar un préstamo. Según informó el equipo de prensa del Poder Judicial, el fallo se sustentó en la garantía constitucional del acceso a la información.
La denuncia fue asentada por los representantes de Defensa del Consumidor ante el Juzgado Civil N° 3 de Roca.
La mujer había tomado tres créditos personales en una financiera, e incluso, firmó pagarés como garantías de pago. Pero a medida que iba saldando sus deudas comenzó a recibir avisos sobre supuestos vencimientos que eran muy superiores a los montos acordados inicialmente.
Inmediatamente, la persona afectada pidió explicaciones a la empresa sobre las razones de esos nuevos montos, pero no consiguió que le entreguen los contratos firmados ni que le detallen claramente los cálculos realizados por parte de la firma.
Según detalló en la denuncia, fueron reiteradas las veces en las cuales pidió explicaciones, obteniendo como respuesta “malos tratos”. Incluso, tuvo la posibilidad de reestructurar su deuda con el estudio jurídico de la empresa por un total de 252.000 pesos, cuando los créditos originales apenas alcanzaban la cifra de 15.000, 20.000 y 30.000 pesos.
Por carta documento, la mujer intimó a la firma para disponer del contrato celebrado. En respuesta obtuvo otra misiva de parte de los abogados de la entidad, aunque no pusieron a disposición el contrato ni le ofreció más explicaciones.
“La información brindada en la carta documento lejos está de cumplir con el derecho a la información en los términos exigidos por el art. 42 de la Constitución Nacional, por cuanto tampoco detallaba en forma pormenorizada y clara la composición de capital que reclamaba, ni fechas de mora, entre otras”, afirmó la jueza en su sentencia, difundida por el equipo de prensa del Poder Judicial.
Al responder la demanda, la empresa dijo en su defensa que toda la información reclamada por la jubilada estaba detallada en los pagarés, que mencionaban “la tasa de interés efectiva anual (TEA)”, “el costo financiero total con IVA”, “los gastos administrativos por cuota” y “un sistema de amortización de capital y cancelación de intereses constante”.
La jueza destacó que la financiera participó en una “gran cantidad de procesos ejecutivos”, por lo que conoce las normas de Defensa del Consumidor y la jurisprudencia sobre cómo debe brindar la información a sus clientes, especialmente en cuanto a los detalles de financiación, intereses y amortizaciones.
El fallo
El fallo – que aún no está firme-, se asentó en el derecho de acceso a la información “adecuada y veraz”, que exige la Constitución como garantía para las personas consumidoras y usuarias de bienes y servicios.
Así la jueza definió 200.000 pesos como resarcimiento por daño moral. Mientras que por «daño punitivo» se estableció una suma de dos millones de pesos a favor de la jubilada.
Las autoridades del Juzgado Civil N° 3 de Roca consideraron que la empresa “no hizo entrega de ejemplar ni brindó solución rápida, efectiva, clara para solucionar fácilmente este conflicto, sino que su postura se mantuvo firme en el incumplimiento”.
Para la sentencia se tomó en consideración a “la cantidad de personas empleadas por la demandada y comprometidas en la grave falta, en la ausencia de respuesta, de información concreta, adecuada y veraz, accesible”, consideró la jueza.
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