Pidieron que sea hallado culpable el conductor del auto que provocó la muerte de Florencia Moreno, en Roca

El hecho ocurrió en octubre de 2021. El hombre que estaba alcoholizado chocó contra un árbol. A bordo iba la víctima que murió tras el impacto.

El veredicto se conocerá el próximo martes. Foto gentileza

Este mediodía la fiscalía solicitó que un hombre de 26 años sea declarado culpable por “homicidio culposo triplemente agravado” cuya víctima fatal fue Florencia Moreno.

En los alegatos de clausura, la fiscal del caso subrayó que “si el imputado hubiera hecho caso a los pedidos de las demás personas que estaban en el auto, hoy no estaríamos acá y tampoco habría una joven fallecida. Es fundamental dejar aclarado que la historia de este desgraciado hecho comenzó cuando el conductor se puso al mando de un auto estando inhabilitado para hacerlo, ya que tenía una multa del Juzgado de Faltas municipal, cuando se verificó que en un control de alcoholemia, anterior al hecho, había resultado positivo. Además, la noche del 24 de octubre de 2021 consumió bebidas alcohólicas”.

“Por los efectos nocivos del alcohol, el muchacho se creyó invencible, aceleró y no pudo controlar el vehículo, y el resultado es el que todos conocemos. Esta fiscalía se pregunta ¿Florencia hubiera fallecido si el imputado no manejaba sabiendo que no debía hacerlo?, todas esas actitudes nos demuestran una clara desaprensión a las leyes y a la vida ajena”, agregó la representante fiscal.

La calificación legal por la cual la fiscalía y la querella solicitaron la responsabilidad penal del hombre es la de: “homicidio culposo triplemente agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, con un nivel de alcoholemia superior a 1 gramo por litro de sangre, circulando a una velocidad superior a la permitida y estando inhabilitado para conducir por autoridad competente, en concurso ideal con lesiones leves reiteradas –dos víctimas-”, según los Artículos 45, 84 bis segundo párrafo, 89 en función del 94 primer párrafo y 54 todos del Código Penal. en función de los art. 39 inc. b, 48 inc a y 51 inc a punto 1 de la Ley de Tránsito 24449.

El juicio oral y público se llevó adelante durante tres jornadas, donde se escuchó a las víctimas que también se movilizaban en el vehículo involucrado, al personal policial que intervino inmediatamente luego de ocurrido, también mencionaron a los Bomberos y al personal de salud pública del Hospital local que trasladaron a las víctimas al nosocomio. Además declararon testigos de actuación, el inspector municipal que realizó el control de alcoholemia, que tenía conocimiento que el conductor estaba inhabilitado para manejar. También lo hicieron las peritos especialistas, tanto las aportadas por la acusación como las de la defensa particular.

En el día de hoy, el imputado, asistido por sus abogados de confianza, declaró y respondió preguntas de las otras partes.

Por su parte, la defensa particular sostuvo en sus alegatos que “este accidente es distinto a los demás, hay condiciones que la propia víctima asumió y de alguna manera, para esta parte, asumió el riesgo de que podían llegar a tener un accidente en esas condiciones”. Solicitaron al Tribunal que no se lo declare responsable.

El Tribunal de Juicio interviniente dará a conocer su veredicto el próximo martes 5 de diciembre a las 11:00 de la mañana.


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