Otro caso por facilitación de imágenes de abuso infantil en Bariloche

El juez ordenó no difundir el nombre del imputado porque habría recibido amenazas.

El juez Ricardo Calcagno dio por formulados los cargos contra un hombre en Bariloche por la tenencia y facilitación de imágenes en situación de abuso sexual infantil. Otorgó un plazo de cinco meses para la investigación.

Al comienzo de la audiencia, el magistrado hizo lugar a un pedido del abogado defensor a fin de prohibir la difusión del nombre del imputado, sus imágenes y el nombre de quien lo patrocina. «Es una etapa inicial del proceso donde hay un estado de sospecha. Y se han recibido amenazas. Por eso, pido la restricción del nombre y las imágenes», argumentó el abogado defensor.

El fiscal Martín Govetto consideró «razonable» el pedido, resaltó la repercusión del caso y las amenazas que recibió el acusado.

Según la acusación fiscal, los hechos se produjeron entre el 3 de diciembre del 2020 al 19 de junio del 2023 desde una casa en la calle Salta, donde el imputado descargó 35 videograbaciones de niños, niñas y adolescentes en situación de abuso sexual infantil, bajo el usuario «corsario rojo».

«En Buenos Aires se investigaba una red de usuarios de un programa abierto de tráfico de todo tipo de archivos digitales y también este tipo de archivos que nos ocupan hoy. Así fue como se identificaron muchos objetivos en nuestro país. En este caso, la investigación nos permitió identificar el IP de los dispositivos y la dirección. La vivienda pertenece a una mujer mayor que vive con su hijo», explicó Govetto.

En el lugar se secuestraron 31 dispositivos electrónicos.

Govetto detalló que el programa permite subir archivos para que otras personas «los busquen y se los lleven». «Por eso, decimos que hay una facilitación«, aclaró el fiscal.

Por su parte, el abogado defensor aseguró tener «una teoría del caso diferente». «La figura que acaba de describir el fiscal es la de facilitación. No cualquier búsqueda en un buscador d einternet constituye un delito. El delito se constituye cuando se almacena. Acá solo está acreditada la búsqueda pero no la tenencia ni la facilitación», señaló.


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