Ordenan que la universidad le otorgue el título a la familia de una estudiante que murió en Neuquén
Es un fallo inédito dictado por la justicia provincial. La sentencia reconoció el esfuerzo académico de la estudiante, que falleció 15 días después de haber entregado su tesis de la carrera de Psicología.
En un fallo inédito, la Justicia de Neuquén ordenó la entrega de un título de licenciatura en Psicología a la familia de una estudiante que falleció a pocos días de haber entregado su tesis. «No se traduce en una habilitación para el ejercicio de la profesión, sino que se otorga a modo de homenaje institucional o reconocimiento por los méritos» académicos, planteó la jueza civil Ana Mendos en la sentencia.
Agustina Silva Martens murió en noviembre de 2018, unos 15 días después de haber entregado su tesis para la licenciatura en Psicología, que terminó en la sede Neuquén de la Universidad Católica de Salta. Se había recibido de técnica superior en intervención psicosocial, también en la UCASAL.
La joven padecía una enfermedad de origen genético y degenerativa, que se manifiesta desde temprana edad, cuando en etapa preescolar comienza con una gran intolerancia a la luz y luego disminución visual. Se denomina síndrome de Alstrom.
Se agrava progresivamente con diabetes a edad infantil y otras enfermedades lentas y progresivas, como fallos hepáticos, renales y problemas de corazón.
Cuando Agustina terminó de rendir las materias de la licenciatura, debió cambiar el tema de su tesis por los escollos que encontró en el cuerpo docente para hacer un trabajo relativo a las emociones de personas bajo hemodiálisis. Se le sugirió que no fuera un tema «vinculado a enfermedades» y avanzó con un trabajo académico sobre el comportamiento de matrimonios jóvenes en la Universidad Nacional del Comahue.
El periplo de la investigación incluyó constantes aplazamientos del tribunal evaluador y problemas que la familia atribuyó a la falta de acompañamiento para con una persona con discapacidad “que no era obstáculo para el rendimiento académico”, pero que requería de empatía que no hubo.
Tras su fallecimiento, su mamá (de profesión abogada) inició por vía judicial la obtención del diploma “por el denodado esfuerzo” que puso la joven en terminar la carrera, que en su opinión “se circunscribía a una satisfacción personal, a un cierre de su vida dado su deterioro físico progresivo que tornaba ilusorio el ejercicio profesional”.
El fallo de primera instancia le dio la razón. La universidad negó un trato discriminatorio o que los padecimientos físicos de Agustina fueran un impedimento académico, pero se insistió en la negativa de entregar el título por la falta de la defensa de la tesis para detectar que el trabajo era propio. Se indicó que el título “no es un resarcimiento por la pérdida de la vida”, sino una suma de recaudos académicos previstos en un plan de estudios.
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