No le devolvieron la plata que había pagado por una casa prefabricada y ahora el constructor deberá indemnizarla en Roca

La justicia condenó a la empresa AZ Construcciones a indemnizar a una mujer por incumplir con la devolución del dinero pagado por la construcción de una vivienda.

Un nuevo fallo de la justicia rionegrina condenó a la empresa AZ Construcciones a indemnizar a una mujer de Roca, por incumplir con el contrato y no reintegrar los fondos pagados por la clienta para la construcción de una vivienda.

La mujer manifestó mediante una carta documento su intención de rescindir el contrato, pero la empresa no le reintegró los fondos que había pagado, ni tampoco atendió las intimaciones que realizó para recuperar el dinero que había pagado. Por los reiterados incumplimientos, realizó la demanda ante la justicia, y los responsable de la constructora tampoco respondieron por lo que fueron declarados en “rebeldía”.

El Juzgado Civil N° 3 de Roca, le dio la razón a la compradora y condenó al empresario a indemnizarla con $.1.630.000 en concepto de devolución del dinero, más daño moral y daño punitivo.

Todo comenzó en 2020, cuando, de acuerdo al fallo judicial, la mujer y el empresario firmaron un contrato “cuyo objetivo era la construcción y entrega” de una casa prefabricada tipo wood frame de 45 metros cuadrados cubiertos, que en ese momento estaba valuada en $877.500.

“La mujer pagó cinco cuotas de $10 mil en concepto de precio de construcción y el empresario generó un nombre de fantasía AZ Construcciones, bajo el cual actuaba y realizó la contratación”, indica la sentencia.

Sin embargo tras el pago de las cinco cuotas, en febrero de 2021 la mujer por carta documento, informó su “voluntad de resolver el contrato de compraventa”. La decisión de rescindir el contrato fue dentro de los plazos previstos, y por tal motivo tenía derecho a recuperar el 60% del monto pagado.

Sin embargo el empresario no atendió los distintos reclamos que realizó la mujer que finalmente decidió acudir a la justicia.

“Corresponde tener por acreditada la responsabilidad del demandado por transgresiones al régimen de defensa de la actora como consumidora”, por la violación a derechos como el de información, de trato digno, de protección, de rescisión de contrato y, en definitiva, una violación a su derecho constitucional de propiedad “ante la falta de devolución del dinero”, remarcó el fallo.

En concepto de indeminzación el Juzgado Civil N° 3 reconoció $30.000 del reintegro, más un millón de pesos por “daño punitivo”, fundado en que se violó su derecho al “trato digno”, en la violación de derechos y garantías; en “los beneficios económicos” que obtuvo el empresario al retener el dinero, y “el desmedro potencial hacia otras personas (usuarias y consumidoras) como riesgo abstracto”.


Además, sumó una indemnización de $600.000 por daño moral por las “aflicciones, angustias, molestias, perturbaciones” que padeció la mujer “y que deberán ser resarcidas ante la violación de sus derechos personalísimos como consumidora”.


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