No acusarán al papá del niño de tres años que murió encerrado en un auto en Neuquén

La investigación judicial fue archivada, ya que el fiscal entendió que el hombre, encargado de llevarlo ese día al jardín, no tuvo intención de dañarlo. Es lo que se conoce como "pena natural".

Esta es la zona donde quedó estacionado el auto, sobre la calle Chrestia 550 de la capital. Foto Matías Subat.

El papá del niño de tres años que lo olvidó en su auto durante más de seis horas, en Neuquén capital, no será acusado por haberle causado la muerte. El fiscal Andrés Azar archivó la investigación y consideró que hubo una conducta negligente.

El lunes 11 de marzo pasado el hombre estacionó el auto, sobre la calle Chrestia 550, alrededor de las 9. Bajó y se dirigió a su trabajo. No advirtió que el niño quedó dentro, ya que ese día le tocaba a él dejarlo en el jardín de infantes.

A las 15 la mamá se acercó al vehículo y lo encontró en la silla de bebé, en el habitaculo trasero. Lo bajó de inmediato y comenzó a pedir ayuda, ya que estaba desvanecido.

Estuvo internado una semana y murió el 20 de marzo.

«Pena natural»: la muerte «no fue querida ni buscada por el imputado»


El fiscal explicó en su resolución que en la autopsia que se le practicó al niño no se observaron lesiones en su cuerpo «de reciente y/o antigua data compatibles con maltrato físico y/o negligencia».

Dijo que secuestraron las cámaras de seguridad de la zona y que allí se ve con claridad el momento en que el papá descendió del auto, a las 8:49, y en el que se acercó la mamá, a las 15:25 aproximadamente.

En la investigación además fueron entrevistados los policías que llegaron al lugar y los compañeros de trabajo de ambos.

También conversaron con el personal del jardín al que iba el niño, que ratificó que sus padres tenían un buen trato con él. Lo dejaban a las 8 y lo retiraban a las 15, de lunes a viernes. Lo hacía cualquiera de los dos, de manera indistinta.

Azar sostuvo que la mamá del niño excluyó al hombre de cualquier intencionalidad de dañarlo. «Remarcó su condición de buen padre, responsable y describió el hecho como una fatalidad», mencionó el fiscal.

El funcionario planteó que se trata de una «actitud negligente» de quien «se olvidó a su hijo pequeño en el automóvil, totalmente cerrado». Esta «omisión» implica una «falta al deber de cuidado» en tanto «su posición de adulto responsable», más aún en su condición de papá.

«No podemos dejar de reparar en que nos encontramos aquí ante un suceso en el cual el acusado es el responsable de la muerte de su hijo aunque, claro está, no es un dato menor que dicha muerte no fue querida ni buscada por el imputado, sino consecuencia de su negligente conducta», afirmó el fiscal.

Por eso aplicó lo que se conoce como «pena natural»: el dolor por la pérdida es mucho mayor que cualquier castigo que pudiese recibir.

«Pena natural»: el antecedente del dióxido de cloro


Azar tuvo el mismo temperamento con la familia del niño de cinco años que le dio dióxido de cloro durante la pandemia de coronavirus, porque creían que era «preventivo».

El 15 de agosto de 2020 ingresó al hospital Plottier de madrugada con un paro cardiorrespiratorio. Le practicaron maniobras de resucitación, pero no pudieron reanimarlo y murió.

«Entendemos que el Derecho Penal, en estos casos, nada puede añadir para resolver el conflicto producido por el delito. La pena termina resultando innecesaria, atendiendo a los graves perjuicios que el autor ha sufrido producto de su conducta», remarcó el fiscal.


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