Millonaria condena contra la Provincia y dos agentes por un caso de abuso policial en Cipolletti
Deberán pagar más de $13 millones a la víctima. El hecho ocurrió en 2015 en el marco de un procedimiento.
La justicia civil de Cipolletti condenó a la provincia de Río Negro y a dos expolicías a pagar más de 13 millones de pesos a una víctima de abuso policial en el marco de un procedimiento que ocurrió en 2015.
En ese contexto, uno de los efectivos disparó contra un joven de 15 años que huía del lugar. Una bala impactó en la zona de uno de los ojos y le ocasionó graves lesiones.
En el fuero penal Mario Gustavo Leiton, fue quien disparó, recibió una pena de 4 años de prisión y su compañero Matías Nicolás Gutiérrez, quien lo agredió físicamente, dos años de prisión en suspenso.
Tras el fallo de 2017 se inició otro proceso en el fuero penal que culminó con la millonaria condena que deberán abonar entre el Estado provincial y los dos miembros de la fuerza policial.
Se trata de una reparación “solidaria”, es decir que entre los responsables del hecho deben indemnizar a la víctima.
A pesar de los argumentos de los defensores, el juez Mauro Alejandro Marinucci entendió que la responsabilidad civil recaía tanto contra los uniformados como el Estado quien es el responsable de la fuerza policial.
“El Estado no sólo presta el servicio de protección de los habitantes -previniendo y controlando el uso de la violencia-, sino que a la par debe garantizar las condiciones de la prestación del servicio, el que indefectiblemente debe compatibilizarse con la dignidad, la vida y la integridad de la persona humana”, sostuvo el juez en la sentencia.
El suceso que aconteció en septiembre de 2015 involucró a tres efectivos, pero uno de ellos fue absuelto. El tribunal encontró culpable a Leiton de los delitos de vejaciones en concurso ideal con lesiones graves calificadas por haber sido cometidas en abuso de su función como policía, con el empleo de arma de fuego, mientras que Gutiérrez sólo fue condenado por vejaciones. En tanto, Alexis García fue absuelto, alcanzado por el “beneficio de la duda”.
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